La Audiencia juzgará dos veces en cinco días un hombre por violencia machista

El procesado, vecino de Torredembarra, rompió la orden de alejamiento y volvió a agredir sexualmente la víctima

18 octubre 2018 09:26 | Actualizado a 24 octubre 2018 11:27
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Un individuo se sentará dos veces al banquillo de los acusados de la Audiencia de Tarragona el próximo mes por varios delitos contra quién fue su pareja. Los días 7 y 8 de noviembre juzgarán a Rafik E.K. por haber obligado la mujer a prostituirse y por haberla agredido sexualmente en 2015 en Torredembarra (Tarragonès). Por estos hechos, el fiscal solicita 37 años de prisión.

Sólo cinco días después, el hombre tendrá que afrontar otra vista por haber roto la orden de protección que se dictó entonces sobre la mujer y por haberla violado otra vez. El procesado la llamó cerca de un millar a veces y le envió más de 300 mensajes en un corto periodo de tiempo. Por todo esto, la fiscalía solicita otros 19 años de prisión.

La víctima y el acusado mantuvieron una relación sentimental durante seis meses, entre marzo y septiembre del 2015, y convivían en un piso de Torredembarra. Según el fiscal, mientras eran pareja Rafik E.K. obligó la mujer a ejercer la prostitución en su domicilio y, además de intimidarla y agredirla, lo obligaba a beber cerveza donde había introducido sustancias estupefacientes.

El individuo traía hombres a casa porque mantuvieran relaciones completas con ella a cambio de dinero que él se ocupaba de recaudar. También la agredió sexualmente en varios ocasiones.

La fiscalía acusa este hombre de un delito relativo a la prostitución, de tres delitos de agresión sexual, de un delito continuado de amenazas y de otro de maltrato en el ámbito familiar por los cuales solicita 37 años de prisión. El juicio se celebrará los días 7 y 8 de noviembre a la Audiencia de Tarragona.

La semana siguiente, el día 13, el hombre se tendrá que sentar de nuevo al banquillo de los acusados por haber roto la medida cautelar dictada por un juzgado de El Vendrell, según la cual tenía prohibido aproximarse y comunicarse con la víctima. La medida se acordó el 30 de noviembre del 2015 y se prorrogó el 29 de febrero del 2016 durante tres meses más. 

A pesar de tener conocimiento de la existencia y vigencia de la orden de protección, la fiscalía relata que el procesado hizo varias llamadas y envió varios mensajes desde su teléfono móvil hacia el de la mujer “con el ánimo de alterar gravemente el desarrollo de su vida cotidiana”.

En concreto, entre diciembre del 2015 y el febrero del 2016 el hombre la llamó cerca de un millar a veces y le envió más de 300 mensajes. En un solo día llegó a hacer 77 llamadas.

Según el ministerio público, el 3 de diciembre del 2015 el procesado se personó en el domicilio de la mujer, cogió su bolsa de mano, se apoderó del móvil y de las llaves de la vivienda y entró. Mientras la víctima se refugiaba en el baño, el acusado borró todas las llamadas y mensajes del teléfono móvil de la víctima que él mismo le había enviado los días anteriores.

Posteriormente, en la medianoche del 14 de febrero del 2016 el hombre entró al piso de la víctima con las llaves que le había sustraído. Bajo la amenaza de mostrar y exhibir fotografías íntimas de ella a terceras personas si acudía a declarar a los juzgados por el otro procedimiento que tenían abierto, el acusado la obligó a fumar un pitillo y a beber cerveza mientras él consumía cocaína. El hombre, que llevaba un cuchillo, la obligó finalmente a mantener relaciones sexuales.

Según el ministerio fiscal, los hechos constituyen un delito continuado de rotura de condena en concurso con un delito de acoso por el cual solicita dos años de prisión; un delito de robo con violencia por el cual pide cuatro años y tres meses de prisión; un delito de obstrucción a la justicia por el cual reclama dos años y medio de privación de libertad y una multa de 2.700 euros, y un delito de allanamiento de morada en concurso con un delito de agresión sexual por el cual solicita diez años más de prisión.

En todos los delitos el fiscal aprecia el agravante de parentesco y aplica la medida cautelar de prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 300 metros y de comunicarse con ella por un periodo de tiempo que suma diecinueve años. 

Después del cumplimiento de la pena el ministerio público también solicita una medida de libertad vigilada. En concreto, plantea que el hombre esté siempre localizable mediante aparatos electrónicos de seguimiento durante dos años y que no se pueda aproximar a la mujer ni comunicarse con ella durante ocho años. 

En concepto de responsabilidad civil, la fiscalía solicita 150 euros por las lesiones que la mujer sufrió durante la agresión sexual y que su expareja le pague una indemnización de 30.000 euros por los daños morales.

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