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El Gobierno prorroga la ayuda de 426 euros a parados sin prestación

El Grupo Socialista plantea que los desempleados estén obligados a atender a cursos de formación desde el primer día de desempleo o podrían perder la prestación 

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Agencias | 16/08/2010 20:42

El Ejecutivo prorrogó ayer, por segunda vez, la ayuda de 426 euros destinada a aquellos parados que ya agotaron su prestación por desempleo durante otros seis meses más, aunque no será hasta el Consejo de Ministros extraordinario del próximo viernes cuando se apruebe.  

 El conocido como Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción (Prodi), que se dirige a parados sin ingresos  ha beneficiado a 570.000 personas hasta finales de julio, según cálculos del presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, quien justificó la nueva prórroga en la tasa de cobertura del 80% a los más de 4,6 millones de parados.

La prórroga del Prodi se destina a los desempleados menores de 65 años que extingan sus prestaciones contributivas y subsidios por desempleo entre el 16 de febrero y el 15 de agosto de 2010, ambos inclusive, y no la hayan percibido durante su primera fase. La cuantía de esta ayuda corresponde al 80% del Indicador Público de Renta de Efecto Múltiple (IPREM).

También en el ámbito laboral, ayer se conocieron las enmiendas que ha presentado el Grupo Socialista en el Senado a la reforma laboral que ahora empieza su tramitación en la Cámara alta. La sorpresa saltó cuando se  supo que los desempleados tendrán la obligación de atender a los cursos o actividades de motivación e inserción laboral desde el primer día que cobren la prestación. Si no lo hacen, serán sancionados.

Hasta ahora, según la Ley de la Seguridad Social, el desempleado que percibe una prestación contributiva tiene que acudir a las ofertas de empleo desde el primer momento. En el caso de «acciones de mejora de la ocupabilidad» -es decir, cursos de formación o itinerarios de inserción laboral-, el parado puede rechazar estas «acciones» durante los 100 primeros días sin que esto conlleve sanción; a partir de entonces tiene la obligación de hacerlo.

De salir adelante la modificación, el Ministerio de Trabajo podrá sancionar al parado desde el primer día con la pérdida de un mes de prestación hasta la pérdida definitiva, si se repite. 





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