Absuelto un acusado de una violación y de una tentativa en Constantí

También estaba procesado por abusos sexuales. El fiscal pedía 15 años y medio de cárcel y 28 de libertad vigilada

21 enero 2019 09:28 | Actualizado a 21 enero 2019 09:32
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Un hombre que se enfrentaba a quince años y medio de cárcel –por una violación consumada y otra que habría quedado en intento así como por abusos sexuales continuados– ha sido finalmente absuelto por la Audiencia Provincial de Tarragona. Los magistrados, entre otras cuestiones, aseguran que la denunciante entró en diversas contradicciones durante el juicio. Además, afirman que su declaración es “insuficiente” para enervar la presunción de inocencia del acusado. 

Los hechos ahora juzgados se habrían producido en Constantí. La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial ha declarado probado que en septiembre de 2016 la denunciante se instaló, en compañía de su hija de dos años, en un domicilio de dicha localidad. Compartía piso con el propietario, el ahora procesado. 

En el mes de noviembre, la denunciante cesó su relación sentimental que había mantenido hasta este momento con su pareja sentimental. Ella permaneció en la vivienda hasta mediados de enero de 2017.

Durante el juicio, según los magistrados, no quedó acreditado que el acusado procediera, en diversas ocasiones, durante el tiempo en que ella compartió el piso y sin su consentimiento, a realizar tocamientos en diferentes partes del cuerpo ella. 

Para la Sala, tampoco quedó demostrado durante el juicio que el acusado, entre diciembre de 2016 y enero de 2017, hubiera accedido al cuarto de baño desnudo mientras la denunciante estaba en la ducha, ni que la hubiera sacado de la misma para seguidamente violarla, lo que le provocó abundante hemorragia. Tampoco se demostró que a mediados de enero, durante la visita de una amiga de la denunciante, ésta se hubiera encontrado en su habitación al procesado desnudo ni que la hubiera intentado violar de nuevo. 

Además de la pena de prisión, el fiscal solicitada 28 años de libertad vigilada, el pago de una indemnización de 6.000 euros y que durante 32 años no pudiera comunicarse ni acercarse a menos de 300 metros de la mujer.

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