El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha avalado la limitación de las reuniones a seis personas y al 50% de aforo en los actos religiosos y ceremonias civiles que plantea el Govern para controlar el coronavirus una vez decaiga el estado de alarma el 9 de mayo.
La sala contencioso administrativa del TSJC, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, ha dado luz verde este viernes a las restricciones de la Generalitat que necesitan aval judicial para que afectan derechos fundamentales.