El tribunal que investiga los atentados de BCN y Cambrils rechaza indagar en la muerte del imán

En sus recursos de apelación las partes solicitaban una serie de pruebas que ahora la Sala ha rechazado y, en relación a la muerte de Es Satty

27 enero 2022 17:59 | Actualizado a 27 enero 2022 18:02
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El tribunal de la Audiencia Nacional que estudia los recursos contra la sentencia por los atentados del 17 de agosto de 2017 en Cataluña ha rechazado todas las pruebas propuestas por las partes, incluida una encaminada a ratificar que el imán de Ripoll Abdelbaki Es Satty murió en la explosión de Alcanar un día antes del ataque. 

La Sala de Apelaciones ha dictado un auto en el que, además de no admitir la práctica de más prueba, rechaza celebrar una vista pública sobre los recursos que tanto defensas como acusaciones plantearon a la sentencia que dictó la sección tercera. 

En ella se condenó a entre 8 y 53 años de prisión a los tres acusados que se sentaron en el banquillo por delitos que iban desde pertenencia a organización terrorista hasta colaboración o estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave, entre otros. 

La Audiencia no les consideró coautores de los atentados, cuyos responsables materiales fueron abatidos, y ese fue el principal motivo por el que las víctimas recurrieron la sentencia, solicitando algunas incluso la repetición del juicio. 

En sus recursos de apelación las partes solicitaban una serie de pruebas que ahora la Sala ha rechazado y, en relación a la muerte de Es Satty, el tribunal aclara que la sentencia ya hizo un "minucioso análisis de las pruebas relativas a la identificación genética" de los restos hallados en el chalé de Alcanar, donde los terroristas preparaban el atentado, y advirtió, "de forma correcta", que él no estaba siendo juzgado. 

"(...) Las eventuales pruebas encaminadas a dejar constancia de su supervivencia pueden tener importancia en la búsqueda de la verdad material y la completa satisfacción de las víctimas (...), y podrán producir efectos en una posible reapertura de la causa, pero en nada se ven afectados los hechos esenciales objeto de enjuiciamiento", dicen los magistrados. 

Recuerdan la tesis de la sentencia, que concluyó que en aquella explosión ocurrida un día antes del atropello mortal de Las Ramblas de Barcelona falleció el imán y otro de los miembros de la célula, y rechazan la ratificación de un informe elaborado por dos peritos marroquíes que no pudieron acudir al juicio, una prueba solicitada por varias partes "ante las dudas existentes sobre la supervivencia de Es Satty". 

En relación a la participación de los condenados en los hechos, el tribunal se hace eco del auto de procesamiento, que afirmó que no se ha acreditado que los acusados Mohamed Houly Chemlal o Driss Oukabir conociesen los planes de Younes Abouyaaqoub -autor del atropello mortal de Las Ramblas que fue abatido días después- o el ataque posterior de Cambrils. 

Precisa, además, que no puede "alterar el relato de hechos probados" de la sentencia, si bien sí que podría realizar "una valoración distinta respecto de las consecuencias que para las víctimas recurrentes pudieron tener las lesiones, secuelas físicas y psicológicas, y los daños morales de los que pudieran, en su caso, responder los acusados (...)". 

Pero, en opinión de los magistrados, "no es posible establecer presunciones de responsabilidad por los delitos concretos ejecutados derivadas del mero hecho de ser integrante de la organización" ni "atribuir responsabilidad penal a los acusados por los hechos ocurridos en Las Ramblas, Cambrils y Subirats".

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