Estas son las restricciones que se quedarán en Catalunya tras fin del estado de alarma

Entre estas medidas destaca la limitación de seis personas en reuniones y encuentros familiares

08 mayo 2021 16:22 | Actualizado a 08 mayo 2021 17:34
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El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya  (Dogc) ha publicado este sábado los nuevas restricciones para hacer frente en el coronavirus después del fin del estado de alarma, entre las cuales hay la ampliación del horario de la hostelería. 

La resolución detalla que estas medidas entran en vigor este domingo y se alargarán dos semanas, hasta el 24 de mayo. 

Sobre la restauración, los establecimientos podrán abrir desde las 7.00 hasta las 23.00 horas de forma continuada, ofreciendo servicio en el interior y el exterior. 

Las actividades culturales y deportivas, tiendas de convivencia, y establecimientos comerciales junto a gasolineras también amplían su horario de apertura nocturna, hasta las 23.00 horas. 

Una de las medidas que restringe derechos fundamentales y que se mantendrá es la limitación de seis personas en reuniones y encuentros familiares y de carácter social en espacios públicos y privados --siempre que no sean convivientes--. 

También permite la apertura de ferias y de parques de atracciones con el aforo limitado al 30%, mientras que las actividades dirigidas a mayores de 60 años en equipaciones cívicas podrán conseguir un 50% del aforo. 

Con el fin del estado de alarma este domingo a las 00.00 horas, también se acaba en Catalunya el toque de queda --que era de 22.00 a 6.00--, y el confinamiento perimetral.

Vacunación 

La resolución remarca que "el proceso de desescalada actual tiene que ir, por fuerza, vinculado a los objetivos de vacunación por grupos poblacionales", y destaca que el porcentaje de vacunados por debajo de los 60 años es todavía muy bajo. 

También afirma que la intervención administrativa a las actividades públicas y privadas para enfrentarse el coronavirus "se justifica en el marco de los leyes sanitarias y de protección civil, sujeto a la garantía adicional del control judicial".

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