Sanidad cumple su amenaza y eleva al BOE las restricciones para este verano

Las limitaciones para la hostelería abren la guerra judicial con los territorios que no secundan la propuesta de Darias

05 junio 2021 17:27 | Actualizado a 06 junio 2021 15:18
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Habrá batalla en los tribunales. El Ministerio de Sanidad decidió echar toda la carne en el asador y no dejar como meras recomendaciones las polémicas restricciones a la hostelería y al ocio nocturno aprobadas el miércoles por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) con el rechazo o la abstención de las comunidades autónomas más pobladas, que albergan a cerca de dos tercios de los habitantes de España. Las limitaciones y prohibiciones para este verano serán –ahora sí, de manera oficial y negro sobre blanco– «obligadas» para las comunidades.

 El departamento que dirige Carolina Darias, tras 48 horas de vacilaciones, decidió recoger el guante de las autonomías ‘rebeldes’ y publicar ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) –en forma de «resolución» de la Secretaría de Estado de Sanidad– la controvertida orden. Un protocolo que durante las próximas semanas, entre otras cosas, prohíbe que en toda España las terrazas acepten clientes a partir de medianoche; que fuerza a los hosteleros a recoger las mesas a la una de la madrugada; que obliga al ocio nocturno y a las discotecas a echar la persiana a las tres de la madrugada; o que exige a los empresarios a clausurar el interior de sus locales cuando la incidencia acumulada se encuentre por encima de 150 casos por cada 100.000 habitantes. Finalmente, Sanidad plasmó en el BOE de este sábado su tesis de que los acuerdos del CISNS –por mucho que no sean por unanimidad y pese a que ni siquiera exista un sistema de votación o de valoración del peso de los sufragios de las diferentes comunidades o ciudades autónomas– deben ser acatados y «obligan» a todos los territorios con «independencia de su voto», tal y como subraya el texto publicado a primera hora de ayer.

Las cinco páginas de resolución en el boletín firmadas por Silvia Calzón, la secretaria de Estado de Sanidad y número 2 de Carolina Darias, eran la formalidad que las comunidades ‘rebeldes’ esperaban para desatar la batalla judicial contra el protocolo con el que Sanidad aspira a homogeneizar las medidas anticovid este verano, al menos hasta que España alcance el 70% de vacunados (el 33% de la población) a mediados del mes de agosto.

No acatarán el protocolo

Madrid, Galicia, Andalucía, Murcia, Catalunya, Castilla y León, País Vasco y Melilla fueron los territorios que se abstuvieron o votaron en contra del acuerdo. La mayor parte de ellos ya ha anunciado que no acatará el protocolo y los servicios jurídicos de varias comunidades estudian desde el jueves por la mañana la posibilidad de plantear recurso contra el acuerdo del Interterritorial. Una nueva escaramuza que va a convertirse en el enésimo capítulo de la  judicialización de la lucha contra la pandemia.
Según las informaciones recabadas por este periódico, los borradores en los que trabajan los dos territorios que ya han decidido recurrir (Madrid y Castilla y León) y los que estudian al menos otras comunidades son muy similares y tienen intención de dirigirse a la sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. El argumento central, en síntesis, es que el Interterritorial no puede imponer su criterio porque es un mero órgano de coordinación técnica entre técnicos (que no políticos) de las diferentes administraciones territoriales.

Los alegatos pretenden incidir en el artículo 69 de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, que fue el que en 2003 dio carta de naturaleza a este foro, al que definió exclusivamente como un «órgano permanente de coordinación, cooperación, comunicación e información de los servicios de salud, entre ellos y con la Administración del Estado, que tiene como finalidad promover la cohesión del Sistema Nacional de Salud a través de la garantía efectiva de los derechos de los ciudadanos en todo el territorio del Estado».

Esa normativa, que no es una ley orgánica que pueda afectar a derechos fundamentales, en ningún momento –entienden los juristas de las comunidades ‘rebeldes’– fija el obligado cumplimiento de ninguna de las resoluciones del consejo. 

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