Catalunya es donde menos impuestos paga una herencia

En Catalunya, según la legislación actual, la situación más favorable incluye una bonificación máxima del 99% únicamente para los descendientes directos, mientras que para el resto se presenta una bonificación progresiva

19 mayo 2017 23:16 | Actualizado a 22 mayo 2017 21:34
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«Últimamente en Catalunya se ha mejorado mucho en el trato fiscal del impuesto de sucesiones. Los gastos más importantes son los impuestos municipales de plusvalías que cobran los ayuntamientos», cuenta el notario de Tarragona José Manuel Valiente. Catalunya está en una posición privilegiada en cuanto a herencias. Figura entre las comunidades con más ventajas fiscales en materia de sucesiones.

Algunos estudios certifican la desigualdad entre las diferentes regiones. Así, por ejemplo, para una herencia valorada en 500.000 euros, un ciudadano asturiano deberá pagar a la administración más de 100.000, es decir, alrededor del 21% de lo que se dispone a percibir. Sin embargo, por ese mismo importe, la tributación efectiva de un catalán es de 272,5 euros, esto es, un 0,05%, según cálculos de expertos fiscalistas en el diario Expansión. En el caso de Catalunya, se trata de una diferencia de 105.749 euros con lo que se pagaría al Estado si existiera un tipo unificado. En el otro extremo, comunidades como Andalucía, Asturias y Murcia figuran entre las más caras de España, ya que aplican la normativa estatal.

En Catalunya, según la legislación actual, la situación más favorable incluye una bonificación máxima del 99% únicamente para los descendientes directos, mientras que para el resto se presenta una bonificación progresiva –a mayor patrimonio, menor porcentaje–.

 

Desequilibrios

En España, el impuesto sobre sucesiones y donaciones consiste en un gravamen estatal cuya gestión y rendimiento han sido cedidos a la responsabilidad de las comunidades autónomas. No obstante, la normativa estatal sí se aplica en aquellos casos en los que no hay punto de conexión personal o real con una comunidad autónoma. En general, todas las comunidades autónomas aplican ventajas que reducen la carga fiscal a los contribuyentes. Sin embargo, a los no residentes se les aplica la normativa estatal, más onerosa.

En ese contexto de descompensación, el año pasado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que el impuesto sobre sucesiones y donaciones en España vulneraba la legislación comunitaria al obligar a los no residentes a pagar más que a los residentes, ya que éstos son los únicos que pueden beneficiarse de las ventajas fiscales concedidas por las comunidades autónomas.

Con la reforma, los afectados podrán acogerse a la situación más ventajosa. Cuando no se pueda vincular el domicilio a una comunidad en concreto, se tendrá en consideración la región en la que se ubica la mayor parte del valor de los bienes.

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