Cómo presentar la renta

19 mayo 2017 23:07 | Actualizado a 22 mayo 2017 21:19
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Hacienda pone a disposición de los contribuyentes una serie de programas de ayuda entre los que se incluye la elaboración de un borrador de declaración que basta con confirmar para dar por cumplida esta obligación.

Estos son algunos de los pasos para confeccionar la declaración de la renta 2014.

 

¿QUIÉNES PUEDEN PEDIR EL BORRADOR?

- Los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta. Aquellos que cuenten con pérdidas derivadas de fondos de inversión, sean perceptores de subvenciones no destinadas a actividades económicas, tengan hasta ocho inmuebles no arrendados, sean titulares de valores públicos amortizados con rendimiento cero o hayan percibido rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario procedentes de entidades en atribución de rentas.

 

¿CÓMO Y CUÁNDO SE PUEDE CONSEGUIR EL BORRADOR?

- El borrador se puede obtener, directamente, por internet (www.agenciatributaria.es), desde el 7 de abril hasta el 30 de junio de 2015, pinchando en el icono RENTA 2014 y luego el icono amarillo «REN0». Si se solicitó el borrador por correo ordinario (marcando la casilla 110 del borrador o de la declaración de Renta 2013), la Agencia Tributaria lo remitirá, a partir del mes de mayo, al domicilio fiscal del contribuyente, salvo que antes se haya visualizado por internet.

- Por internet, con certificado electrónico o DNIe, con el número de referencia del borrador o de los datos fiscales, o con Clave PIN, desde el 7 de abril hasta el 30 de junio de 2015.

 

¿CÓMO OBTENER EL NÚMERO DE REFERENCIA?

- En la web de la Agencia Tributaria, una vez pinchado el icono amarillo «RENO», es necesario introducir una serie de datos, como el NIF/NIE, el importe de la casilla 415 de la Renta 2013 y el número de teléfono móvil.

- La Agencia Tributaria enviará al teléfono indicado, un sms con el número de referencia que permitirá consultar, modificar y confirmar el borrador, descargar los datos fiscales al programa Padre y presentar la declaración por Internet.

 

¿CÓMO MODIFICAR Y CONFIRMAR EL BORRADOR?

- Antes de confirmar el borrador, es aconsejable revisarlo antes, especialmente los datos sobre inmuebles y sus referencias catastrales, circunstancias personales y familiares (si cambiaron en 2014), cuotas a sindicatos, aportaciones a planes de pensiones, aportaciones de cuotas sindicales, percepciones por subvenciones, y deducciones por maternidad, inversión en vivienda habitual, alquiler de vivienda habitual y autonómicas.

- Si alguno de los datos es incorrecto, el borrador enviado por Hacienda se puede modificar sin desplazarse hasta el 30 de junio (25 de junio si se trata de pagos con domiciliación):

1) Por internet (www.agenciatributaria.es)

2) Por teléfono, servicio automático, 901 12 12 24 (las 24 horas), si el resultado es «a devolver».

3) Por sms, al 638444147: Renta (espacio) número de justificante de borrador (espacio) NIF (Si es declaración conjunta se añade un (espacio) NIF del cónyuge, si el resultado es «a devolver».

4) Por teléfono (operador). 901 200 345 (de lunes a viernes, de 9 a 21 horas), si resulta «a devolver» o «ingresar» domiciliando el pago.

5) Por banca electrónica y telefónica, tanto si es «a devolver» como si es «ingresar».

6)- En cajeros automáticos de ciertas entidades, si es «a devolver» o «ingresar» sin domiciliar.

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