Llarena asume su fracaso ante la justicia europea y condena al destierro a Puigdemont

El juez del Supremo renuncia a la extradición sólo por malversación del expresidente y los exconsellers y retira la euroorden de detención tras el varapalo del tribunal alemán

20 julio 2018 09:58 | Actualizado a 20 julio 2018 10:04
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En una decisión sin precedentes en el Tribunal Supremo, el juez Pablo Llarena, instructor de la causa del ‘procés’ catalán, tiró la toalla después de que la justicia alemana negase hace una semana la entrega de Carles Puigdemont por un delito de rebelión, y aceptase solo por malversación de caudales públicos. El magistrado de la Sala Segunda rechazó la entrega del expresidente de la Generalitat y, además, retiró las órdenes europeas de detención y entrega contra los exconsellers Antoni Comín, Lluis Puig, Merritxell Serret y Clara Ponsatí y la exdiputada de Esquerra Marta Rovira, huidos en Bélgica, Escocia y Suiza.

En suma, Llarena cerró ayer la puerta a la persecución internacional de los seis procesados en rebeldía pero mantuvo vigentes las órdenes nacionales de detención. Esta situación, por lo tanto, permitirá ahora a los exiliados moverse libremente en cualquier país europeo o del extranjero porque ninguna autoridad judicial les persigue. Sin embargo, si en algún momento ponen un pie en España serán detenidos y presentados ante el Supremo para ser juzgados por rebelión y malversación de caudales públicos, delitos imputados por la celebración del referéndum del 1 de octubre.

Los exiliados podrán moverse libremente por cualquier país extranjero  porque nadie les persigue

Por lo tanto, de las opciones que Llarena tenía encima de la mesa para reaccionar a la decisión definitiva del Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein, el estado del norte de Alemania donde fue detenido Puigdemont el pasado 25 de marzo, el juez eligió la solución más drástica, rechazar la entrega del expresidente y retirar las euroórdenes al resto de políticos independentistas.

Las medidas legraron ayer a los acusados, pero que a medio plazo tendrán consecuencias importantes. Esto es, un largo destierro de 20 años en el caso de que los exconsellers presos sean juzgados por rebelión y condenados a penas que sumen más de 15 años de prisión, o de hasta 15 años de duración si las penas van de los 10 a 15 años. En ambos casos es el tiempo que debe transcurrir hasta que ese delito prescriba y les impediría volver a sus casas si no quieren ser detenidos.

Este es el horizonte que se presenta a Puigdemont y al resto de políticos huídos tras la decisión de Llarena, que ha tenido que tragar no poca saliva para desistir de perseguir a los procesados en rebeldía. Primero como consecuencia del doble portazo que le dio en abril y hace una semana el Tribunal de Schleswig-Holstein, y en previsión del efecto dominó que podría provocar esa decisión en Bélgica, Escocia y Suiza, con la retirada de las órdenes de de detención al resto de acusados. Asumir su fracaso ante la justicia europea y minimizar al máximo los daños producidos, se podría resumir.

«Falta de compromiso»
Para Llarena, y otras voces en la Sala Segunda del Supremo, competente para juzgar a los exconsejeros procesados en prisión preventiva, la decisión de la justicia alemana pone en jaque la credibilidad misma del sistema europeo de detención y entrega, basado en la confianza mutua entre países. En su auto de ayer el juez menciona «la falta de compromiso» del tribunal germano con unos hechos que podrían haber quebrantado el orden constitucional español, ya que no se puede juzgar a unos acusados por unos delitos y a otros no.

Critica también que los tres magistrados de Schleswig-Holstein hayan entrado en el fondo analizando la violencia durante el ‘procés’, dándole un valor probatorio definitivo a la versión de Puigdemont sin poder confrontarse con el resto de indicios recogidos en la investigación ni permitiendo la presencia de acusaciones españolas en el procedimiento.             

Asimismo, recuerda que el tribunal alemán no aprecia algunas de las exigencias típicas identificadas por su propia jurisprudencia para el delito de alta traición (equiparable a la rebelión en su código penal), «pero silencia que no ha reclamado a este instructor que le ilustre sobre aquellos extremos de la investigación que pudieran reflejar que sí concurren esos elementos».

Estas circunstancias, añade Llarena, «no sólo cortocircuitan la operatividad del instrumento de cooperación internacional que hemos impulsado, sino que deterioran indebidamente la indiciaria apreciación de responsabilidad que recoge la investigación y un auto firme de procesamiento».            

Por último, el juez sostiene que el tribunal alemán debió haber planteado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya que cuando existen dudas de interpretación de una norma, en este caso la aplicación de la euroorden, está obligado a formular la citada cuestión para aclarar los términos. Una forma implícita de decirle a los magistrados alemanes de no han hecho bien su trabajo, sugún la opinión de Llarena.

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