Absueltos dos porteros de un club de Miami Platja por una paliza porque ha prescrito

Desde que terminó la instrucción del caso –enero de 2007– hasta que el asunto pasó a la Audiencia Provincial para ser juzgado –abril de 2014– pasaron más de siete años

11 junio 2017 15:49 | Actualizado a 21 noviembre 2017 19:42
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«La brutal paliza», como la consideraba el fiscal, de los dos porteros de un club situado en Miami Platja hacia un cliente finalmente no tendrá castigo. La Audiencia Provincial de Tarragona considera que el caso –que se remonta a hace 14 años– ha prescrito ya que han pasado más de siete años –la ley fija un máximo de tres– desde que se dictó el auto de apertura de juicio oral –terminó la instrucción– hasta que el asunto se remitió a la Audiencia Provincial para su juicio. El Ministerio Público pedía para uno de los acusados cinco años de prisión y para el otro, dos y medio. Además, también se enfrentaban al pago de una indemnización total que sobrepasaba los 11.000 euros.

Los hechos se produjeron sobre la una de la madrugada del 8 de marzo de 2003. Según recoge la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona, los dos acusados prestaban sus servicios como personal de seguridad de la empresa Tarraco Servicios Generales SL en el establecimiento Club Montaña, en Miami Platja. Se produjo un altercado entre unos clientes en el interior del establecimiento, por lo que los acusados tuvieron que sacar del local al denunciante.

La reyerta

En la puerta del establecimiento se produjo una reyerta entre los dos miembros de seguridad y el denunciante, a consecuencia de la cual sufrió diversas lesiones: luxación en la mano, fractura del escafoides izquierdo, fractura de un incisivo y del alveolar con pérdida de fragmento óseo. El hombre estuvo seis días ingresado en el Hospital Sant Joan de Reus y necesitó 90 para su curación y poder ejercitar sus ocupaciones habituales. Le han quedado cicatrices y la pérdida de una pieza dentaria (que ha sido ya reparada).

Tras el incidente llegó al lugar una patrulla de la Guardia Civil, que procedió a detener la pelea.

La víctima procedió en este momento a dar una patada a un cristal del establecimiento, fracturándolo. Los daños causados ascienden a 585 euros.  Por ello, el fiscal le solicitaba 1.086 euros de multa por un delito de daños, además de la correspondiente indemnización.

Según la Audiencia, no se aprecia en  la víctima que fruto de dicha pelea le haya quedado ningún tipo de deformidad, una circunstancia alegada por el abogado del afectado.

Los magistrados, si bien cierran la vía penal, dejan la puerta abierta a los acusados para que reclamen por la vía civil por los daños y lesiones que hubo durante el altercado.

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