Archivan la carga de la Guardia Civil el 1-O en el instituto

El juez considera que los hechos no tienen relevancia penal. La acusación popular pedía imputar a agentes y mandos de dicho cuerpo policial así como al coronel Pérez de los Cobos

01 enero 2020 16:00 | Actualizado a 01 enero 2020 16:07
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La Audiencia de Tarragona ha avalado la decisión del juez instructor de archivar la actuación violenta de la Guardia Civil el 1 de octubre de 2017 en el Institut Antoni Ballester de Mont-roig del Camp. Después de 18 meses de investigación –el plazo máximo que marca la ley– se considera que los hechos investigados no constituyen relevancia penal. Un criterio muy diferente al que sostenía la Associació d’Advocats Voluntaris 1 d’Octubre, que pedía tomar declaración como investigado a un comandante de la Guardia Civil. Dicho colectivo de abogados acusaba de las agresiones a «agentes de la autoridad, jefes, cargos, responsables de estos y a Diego Pérez de los Cobos», éste último coronel de la Benemérita y coordinador del dispositivo policial del 1-O.

A raíz de lo ocurrido el 1 de octubre en el mencionado centro educativo de Mont-roig durante la jornada electoral, el Juzgado de Instrucción número 1 de Reus abrió diligencias previas. Pasados los seis meses, se declaró la causa compleja y se alargó la instrucción 18 meses. Transcurrido este plazo, el magistrado acordó el pasado 14 de junio el sobreseimiento de la causa al no ver indicios de delito y no poder seguir investigando.

Recurso de apelación

La Associació d’Advocats Voluntaris 1 d’Octubre presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Consideraba que el auto judicial era generalista ya que el objeto de investigación no solo es la actuación concreta de unos agentes que causaron lesiones a las personas denunciantes, sino que va más allá de lo que determinó la orden judicial recogida por el auto del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJCat) de decomisar las urnas e impedir el referéndum.

La asociación cuestiona el cierre precipitado de la causa sin que se hayan practicado diligencias solicitadas en su día, como la declaración como investigado de un comandante de la Guardia Civil. Añade la entidad que de las diligencias realizadas hasta el momento «no permiten excluir el carácter presuntamente delictivo de la actuación de los agentes de la Guardia Civil que participaron en el operativo desplegado el pasado 1 de octubre de 2017 al calificarla de desproporcionada, violenta e injustificada, comprometiendo e impidiendo a los ciudadano que allí se encontraban el ejercicio de su derecho fundamental de reunión, manifestación y participación».

Los letrados consideran que de todo lo investigado hasta el momento se desprenden indicios de comisión de varios delitos: contra los derechos individuales, torturas, desórdenes públicos y lesiones leves. Y todo ello como consecuencia de la «desproporcionada y excesiva actuación –cargas policiales contra los ciudadanos reunidos pacíficamente delante de los espacios públicos donde se acudía a votar– de los agentes, mandos y responsables que intervinieron en el operativo».

El fiscal avala al juez

Por su parte, el fiscal avala la decisión del juez instructor. Considera que de lo investigado hasta ahora no ha permitido «si quiera de forma provisoria» determinar la identidad de los agentes ni tampoco de la relevancia penal de las conductas descritas en la querella. Y ello porque la información aportada a la causa «ha permitido acreditar que la actuación policial se ajustó a lo ordenado en la resolución judicial sin que pueda por otro lado calificarse de desproporcionada la actuación de los agentes».

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona, en su auto, recuerda que investigación de eventuales responsabilidades del coronel Pérez de los Cobos correspondería a los tribunales del partido judicial de Barcelona, al ser el lugar donde se encontraba en el momento de los hechos como coordinador del dispositivo para toda Catalunya.

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