Educació desestimó cambiar el modelo lingüístico del Institut Ramon Barbat

La familia presentó el contencioso en el TSJC tras la resolución del conseller Josep Bargalló, del 14 de enero de 2020

11 enero 2022 06:31 | Actualizado a 11 enero 2022 07:54
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Unas 200 personas se manifestaron ayer en la Plaça de l’Església de Vila-seca para protestar contra la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), que el pasado 3 de enero emitió una sentencia en la que declaraba el derecho a un alumno a recibir una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular.

La concentración también quería mostrar su espaldarazo a la política lingüística del Govern de la Generalitat y a las familias «afectadas» por la decisión judicial.

La sentencia de la sección quinta de la Sala Contencioso-Administrativa estima parcilamente el recurso contencioso administrativo de una familia contra la resolución del conseller Josep Bargallo (en enero de 2020) que desestimaba alterar el modelo lingüístico del Institut Ramon Barbat i Miracle, de 31 de octubre de 2018 (aunque el vigente está aprobado desde noviembre de 2020).

La protesta de ayer noche ha sido hasta el momento el único acto visible de rechazo a una decisión judicial que obliga a incrementar las horas lectivas de castellano en el aula de un alumno que en el curso 2019/20 se matriculó de segundo de la ESO.

El 23 de agosto de 2019 la familia de este alumno entró un escrito en el instituto reclamando una serie de medidas para su hijo. Las más destacadas: proporción de materias en catalán y en castellano; y rotulación o señalización como mínimo en los dos idiomas.

La petición de la familia fue derivada al Departament d’Educació, que por aquellas fechas estaba encabezada por el torrense Josep Bargalló. El 14 de enero de 2020, Bargalló firmó una resolución desestimando la solicitud de modificación del régimen lingüístico y por tanto, descartando las peticiones de la familia.

El recurso entró en la Sala de lo Contencioso-Administrativo sección quinta del TSJC, que el pasado día 3 emitió una sentencia estimando parcialmente las demandas de la familia de Vila-seca. Una serie de medidas que serán recurridas por el Departament d’Educació, puesto que la sentencia no es definitiva.

La parte que el TSJC considera que deba acatar el centro educativo es la de «el derecho de la demandante a que su hijo reciba, junto con sus condiscípulos, el en colegio (en este caso instituto) una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular, en proporción razonable, que en defecto de su concreción por la Administración demandada (la Generalitat) se fija en un 25% de las horas lectivas, para lo que deberá efectuarse la adecuación del proyecto lingüístico».

El mismo fallo de la sala desestima el resto de requisitos, entre los que está rotular la señalización del Ramon Barbat i Miracle en las dos lenguas. Y finalmente no impone costas a ninguna de las dos partes.

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