El Ayuntamiento de Salou obliga al cese de actividad de un hotel del municipio

El consistorio entiende que el Golden Costa Daurada Salou deberá solventar varios defectos para volver a abrir

13 enero 2020 13:40 | Actualizado a 14 enero 2020 20:08
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Un decreto de Alcaldía, con fecha del 14 de octubre del año pasado, ha obligado al cierre temporal del Hotel Golden Costa Salou, inaugurado recientemente y ubicado en la calle Vaporet 2-4 de la capital de la Costa Daurada.

El decreto, hace referencia a la orden de cese voluntario de la actividad del hotel y, según constata, se basa en diversos hechos. Además, se tienen en cuenta las actuaciones obrantes en los dos expedientes abiertos (el 8529/2019 y el 9387/2019).

Aportar documentación

El decreto señala que en fecha del 14 de agosto de 2019, se dictó el decreto número 3864/2019, siendo notificado fehacientemente en fecha de agosto de 2019». En dicho decreto se requería al titular de la actividad hotelera que, en el plazo de un mes, aportase la documentación necesaria para enmendar las deficiencias detectadas en la documentación aportada inicialmente. Al mismo tiempo, se advertía de que en caso de incumplimiento de dicho requerimiento se ordenaría el cese de la actividad.

El propio decreto de Alcaldía señala que «el titular de la actividad no ha aportados la documentación requerida por el decreto 3864/2019 dentro del plazo otorgado para tales efectos». En otro de los hechos relatados en el documento, se apunta que «en fecha del 13 de septiembre de 2019 se dictó el decreto 4373/2019 por el que se resuelve que se da por no comunicada la primera ocupación de las obras de construcción del hotel». También recoge «en fecha del 17 de julio de 2019 se presentó una denuncia por parte de un particular ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Tarragona, en relación a la primera ocupación y al desarrollo de la actividad del hotel». Por todo ello, el decreto sale adelante «vistas las diversas denuncias presentadas ante esta Corporación, en relación a la apertura del Hotel Golden Costa Salou».

Ante todo ello, y basado en fundamentos de derecho, el Ayuntamiento de Salou acabó formulando una resolución con cinco puntos. En el primero de ellos, ordena a Prohoteles Salou S. A., empresa responsable del Hotel Golden Costa Salou, «el cese voluntario de la actividad en un plazo de 15 días hábiles al no haber solucionado las deficiencias detectadas como las requeridas en el decreto del 14 de agosto de 2019. En este sentido, para dar cumplimiento de la orden de cese será necesario el desmantelamiento de todas las instalaciones necesarias para desarrollar la actividad del hotel».

Es, por ello, que el consistorio «advierte a la parte interesada en el supuesto de no cesar la actividad del hotel en el plazo de 15 días se resolverá el precinto de la actividad, cosa que comportará no poder desarrollar la actividad o ejercer el derecho, siendo exigibles las responsabilidades penales, civiles y administrativas correspondientes, de acuerdo con el artículo 69 de la ley 39/2015».

Además, el Ayuntamiento otorgó «un plazo de 15 días para presentar las alegaciones que se estimen oportunas, sin que dicho plazo tenga efectos suspensivos sobre el plazo del anterior punto».

Seguimiento cuidadoso

La misma resolución asegura que se daba traslado de la misma «a la Policía Local para que la notifiquen al interesado y hagan un seguimiento cuidadoso de lo ordenado». El último punto recuerda que la resolución será trasladada a los denunciantes, «como interesados del expediente, dando por contestadas sus denuncias».

El decreto detalla finalmente que «contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Tarragona en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la recepción de dicha notificación. Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su notificación».

El Ayuntamiento de Salou, a raíz de la denuncia de Àngel Abella, se percató hace unos meses que las obras no coincidían con la licencia otorgada. Como consecuencia de ello, se inició un expediente de infracción urbanística y de restauración de la legalidad. Ello podría conportar que se tenga que derribar parte del edificio. Abella, vecino de Lleida con segunda residencia en Cap Salou, aseguró meses atrás al ‘Diari’ que había detectado durante las obras que el edificio era más alto de lo que se había previsto inicialmente, según las informaciones que había leído en la prensa. Finalmente, decidió presentar una denuncia ante el Juzgado de Guardia de Tarragona. Según Abella, el hotel Golden Costa Daurada Salou habría construido cinco habitaciones en la última planta donde sólo se permitirían tres. El denunciante asegura que la cadena hotelera ha levantado habitaciones en una sexta planta y, según el proyecto inicial, el edificio tan sólo podía tener cinco. Abella asegura que, posteriormente, el Ayuntamiento aprobó que encima de esa quinta planta se construyeran tres suites.Pero finalmente se construyeron cinco y, además, se colocaron instalaciones y maquinaria.

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