Multan con 2.400 euros a un menor que circulaba en patinete eléctrico por Vila-seca

La policía le imputa cinco infracciones al tratarse de un vehículo considerado como ciclomotor. La familia asegura que desconocía las obligaciones de dicho modelo y presentará recurso

03 agosto 2019 11:45 | Actualizado a 08 agosto 2019 09:30
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El auge de los patinetes eléctricos, la poca información que algunos puntos de venta ofrecen sobre los requisitos para circular en sus distintas tipologías y la ausencia de ordenanzas municipales en la mayor parte de Ayuntamientos ha desembocado en los primeros conflictos de intereses acerca de estos vehículos.

Ha sucedido con el caso de un menor de Vila-seca a quien la Policía Local le ha impuesto cinco multas que ascienden a 2.400 euros en total por incumplir la normativa del patinete con el que circulaba, ya que su motorización de 1.000 w. equivale a la correspondiente a un ciclomotor conocido como L1e-B (según la Dirección General de Tráfico y el Servei Català de Trànsit).

Las sanciones en concreto son por no tener permiso de conducción ni de circulación ni el seguro obligatorio, por conducir sin casco y por circular además en contra dirección en un calle con prioridad para peatones.

Los hechos sucedieron el 10 de julio cerca del Punt d’Informació Juvenil de Vila-seca, un lugar de habitual encuentro de los adolescentes del municipio. Tras ser requerido por los agentes el chico, de 17 años, fue trasladado hasta comisaría donde le requisaron el patinete para comprobar sus características técnicas. 

Hasta allí se personó la madre del denunciado, Soumia Asmane, quien explica que «les dejé claro a los agentes que para nada sabíamos que nuestro patinete requería de toda esa serie de permisos, porque el vendedor en ningún momento nos informó. Y les insistí que si eran necesarios todos esos trámites, inmediatamente lo devolvería porque no quería un vehículo de esas características. Hubo incluso confusión entre los agentes porque nuestro patinete es de 1000 w. y el folleto que ellos mismos tenían en comisaría y que me enseñaron inicialmente mencionaba que se consideran ciclomotores los superiores a 1000 w».

Soumia hizo hincapié en lo sorprendente que resultaba para ella «que multaran sin informar primero, debido a la confusión de la normativa y porque hay varios patinetes como el nuestro en Vila-seca, algunos incluso más potentes. Hasta entonces no habían parado a nadie».

Después de la conversación, prosigue, «los agentes me dijeron que me marchara tranquila, que no nos multarían y que me devolverían el patinete eléctrico más adelante porque querían hacer algunas otras comprobaciones».  El patinete le fue devuelto el 20 de julio, no sin antes personarse varias veces más en comisaría para reclamarlo. Le fue entregado una vez demostró que era de su propiedad.

La madre del menor afirma que los agentes les aseguraron que no iban a multarle

La sorpresa para la propia Soumia, su hijo y familiares fue mayúscula cuando 15 días después de lo ocurrido, el 25 de julio, les llegó la notificación de las sanciones a su domicilio particular. «Nos quedamos perplejos porque no nos cuadraba nada de lo que nos habían dicho. Nos han arruinado el verano con esta sanción y encima no podemos devolver el patinete porque el vendedor nos dice que si funciona correctamente y ya ha sido usado no tenemos ese derecho». Fue adquirido en un portal on line.

La familia ha puesto el caso en manos de su abogado, quien ya ha adelantado al Diari que piensan recurrir las cinco multas. Entiende que el patinete utilizado es un vehículo de movilidad personal (VMP) y como tal «no es exigible el seguro para particulares, tampoco el permiso de circulación ni el de conducción ni la obligatoriedad de llevar el casco».

Asegura además, sobre la multa por circular contra dirección en una calle con prioridad para los peatones que, al no disponer Vila-seca de una ordenanza sobre el lugar de la vía concreto por donde deben circular estos vehículos, no se les puede sancionar, al igual que sucede con los ciclistas. 

Fuentes del Ayuntamiento de Vila-seca aseguran que llevaban varias semanas informando a los usuarios de sus obligaciones. Y que en el caso del denunciado su patinete es claramente un ciclomotor eléctrico e incluso en el propio chasis llevaba la etiqueta de L1e-B. Se han impuesto tres multas en el municipio, aunque las otras dos han sido menores.

 

¿Qué dice la ley?

La legislación española (Dirección General de Tráfico) y catalana (Servei Català de Trànsit) dictamina que los vehículos L1e-B están incluidos en la categoría de ciclomotores, y por tanto, para autorizar su circulación, deberán estar homologados y matriculados y cumplir con el resto de las obligaciones establecidas, relativas al seguro obligatorio, cumplimiento de la frecuencia de inspección técnica, utilizar casco, titularidad del permiso de conducción, etc.

A punto un Real decreto sobre el uso

Las numerosas peticiones formuladas por los ayuntamientos para que haya una normativa estatal que ofrezca cobertura jurídica y una cierta uniformidad a las numerosas regulaciones municipales que se van aprobando sobre el uso de los patinetes eléctricos ha obligado a la dirección general de Tráfico a mover ficha. De hecho después del verano se aprobará un Real decreto ley que dotará a los patinetes con motor de personalidad jurídica de vehículo.

Se impondrá por ejemplo la prohibición de circular por las aceras, para evitar la invasión de los espacios reservados a los peatones; deberán hacerlo por tanto por los carriles bici allí donde los haya y por la calzada cuando no existan esos espacios específicos para vehículos ligeros y estará prohibido que los patinetes eléctricos puedan sobrepasar los 25 km/h, por lo que aquellos que se están vendiendo con prestaciones superiores incumplirán la ley. Se podrá someter además al conductor a las pruebas de detección de alcohol y drogas.

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