Pena mínima para un hombre que abusó sexualmente de su sobrina en Creixell

TRIBUNALES. Se le ha impuesto al procesado un año y medio de prisión, cinco de libertad vigilada y una indemnización de 6.000 euros

06 diciembre 2019 21:00 | Actualizado a 10 diciembre 2019 13:39
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Pena mínima para un hombre condenado por haber abusado sexualmente de su sobrina menor de edad. La rebaja de la pena ha venido después del acuerdo de conformidad al que llegaron las partes –fiscal, acusación particular y defensa– y que posteriormente tuvo la conformidad del procesado.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona ha impuesto al procesado un año y medio de prisión, cinco de libertad vigilada, que durante cinco años no pueda tener oficio o profesión que conlleve contacto regular y directo con menores de edad y la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante cinco años.

Además, el encausado tendrá que indemnizar a la víctima con 6.000 euros por los daños morales sufridos. Se ha tenido en cuenta las atenuantes de dilaciones indebidas –ya que se ha tardado más de cuatro años en juzgar la causa– y reparación del daño –por haber consignado 600 euros en la cuenta del Juzgado para hacer frente a la responsabilidad civil–. 

El acusado es un hombre de nacionalidad española sin antecedentes penales. La menor pasaba algunos días de la temporada de verano junto con su padre y la pareja de este en una caravana del acusado –padre de esta mujer–, ubicada en un camping a pie de la carretera N-340, en el término municipal de Creixell.

En el camping

Sobre las once y media de la noche del 23 de junio de 2015, cuando la menor tenía 11 años, salió con el acusado a dar una vuelta por el camping mientras paseaban el perro. En un momento dado, el procesado pidió a la menor reiteradamente un beso, a lo que ella se negó.
A principios de julio del mismo año, la menor volvió al camping. Una tarde, al volver de la piscina, accedió a la caravana para cambiarse de ropa. En ese momento, el acusado empezó a mirarla, con lo que ella se sintió cohibida y no pudo cambiarse pese a pedir al acusado que se marchara.

Al día siguiente, el acusado persistió en su actitud. Mientras ella estaba en el interior de la caravana y se disponía a cambiarse tras llegar de darse un baño, el acusado le realizó tocamientos. La menor le apartó la mano y le reprochó lo que estaba haciendo. A continuación, ella se dirigió a la nevera. El encausado se le aproximó por detrás y le tocó. En días posteriores, el hombre pidió que le enseñara sus partes íntimas, a lo que ella se negó.

Como consecuencia de estos hechos, la menor presentó una sintomatología ansiosa.

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