Salou no indemnizará al matrimonio herido muy grave en el Cos Blanc

La familia reclama daños tras pasar 16 días en el área de críticos de la UCI de Joan XXIII y muchas semanas de rehabilitación

25 julio 2017 19:41 | Actualizado a 26 julio 2017 08:31
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El concejal de Serveis Generals, Jesús Barragán y el secretario general del Ayuntamiento de Salou, Enric Ollé, han firmado hace unos días un decreto para estudiar la reclamación patrimonial de un matrimonio que sufrió heridas muy graves el pasado 5 de febrero durante los actos del Cos Blanc.

Un árbol del perímetro del parque de Manel Albiñana fue arrancado por el vendaval que soplaba aquella tarde cayendo encima de Gregorio y Ana, un matrimonio sexagenario, que caminaba por la acera en aquel instante.

Las heridas fueron graves. Policontusiones y traumatismos por todo el cuerpo. Fueron atendidos por el SEM minutos después del accidente y trasladados de urgencia hasta el hospital Joan XXIII de Tarragona, donde estuvieron hasta el 21 de febrero en el área de críticos de la UCI. Luego vendría el traslado a planta y la rehabilitación. La desgracia sufrida por este matrimonio terminó con las fiestas del Cós Blanc. El Ayuntamiento suspendió los actos a raíz de lo ocurrido.

El 1 de marzo, ya con la tranquilidad de que la vida del matrimonio no peligraba, la hija presentó en el registro de entrada una reclamación de responsabilidad patrimonial. Fuentes del Ayuntamiento han confirmado este escrito, que en ningún momento fija una cifra económica como indemnización. Además de la petición, los informes médicos de sus padres se anexaban a la reclamación, añaden las mismas fuentes municipales. 

«El Ayuntamiento ha recabado desde entonces información antes de tomar una decisión. Se ha realizado un informe pericial del árbol y se han tomado las rachas de viento de aquella tarde», señalan las mismas fuentes. Las conclusiones del decreto argumentan jurídicamente que la caída del chopo se debe a un hecho extraordinario, el vendaval, y por tanto «es causa de exoneración de responsabilidad de la administración la concurrencia de fuerza mayor, que a pesar de previsible, no se habría podido evitar, puesto que la causda productora de la lesión es aliena al servicio y al riesgo que esta representa», explica el decreto.

Por ello, la resolución desestima la reclamación y termina la vía administrativa. La familia de Terrassa deberá sopesar si acuden a la Justicia y presentan un recurso contencioso. 

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