Conductas de invierno que pueden terminar en sanción

Llevar a más personas en el coche de las permitidas por las restricciones se sanciona con una multa de 100 euros. Olvidarse de renovar el carné o pasar la ITV y circular con ellos caducados supone una sanción de 200 euros.

12 febrero 2021 12:41 | Actualizado a 12 febrero 2021 12:49
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Hace unos días, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba la cifra de dinero recaudada por la DGT en sanciones de tráfico durante 2019. En total, 374.310.167 euros, lo que supone más de un millón de euros en multas diarias. Según ha indicado la propia DGT hace unos meses, en ese mismo año se sancionó a más de 4,6 millones de conductores, con una media de 12.600 multas diarias.

Analizando estos datos, OcasionPlus.com desvela que el importe medio recaudado por sanción asciende a 81 euros. Si tenemos en cuenta que la DGT ha señalado que el 68% de las sanciones se abonaron en el plazo voluntario de 20 días naturales desde la notificación (por lo que se beneficiaron de la reducción del 50% por pronto pago), el importe medio de 6 de cada 10 multas en España en 2019 ascendía a 162 euros.

Sanciones relacionadas con olvidos

Aunque el exceso de velocidad es una de las multas más comunes entre los conductores, no es la única a la que se debe prestar atención.

Recopilamos aquí las sanciones que podemos evitar en invierno, más aún con climatología adversa y/o si llevamos tiempo sin coger el coche.

Poner especial cuidado a la normativa del reglamento General de Circulación a la hora de conducir, evitar olvidos por la falta de hábito de coger el coche y prestar atención al conducir con climatología invernal nos ayudarán a evitar un gasto económico que no habíamos previsto.

– Llevar a más personas en el coche de las permitidas por las restricciones. El número máximo de ocupantes en un mismo coche viene determinado por el límite que las comunidades autónomas dispongan de forma expresa sobre la ocupación de vehículos. Incumplir esta normativa se sanciona con una multa de 100 euros.
– No llevar mascarilla. Llevar la mascarilla en el coche no es obligatorio cuando se viaja solo o con personas convivientes. Sin embargo, sí lo es cuando los acompañantes no convivan en la misma casa: en ese caso, deben llevarla todos.  No respetar la norma supone una sanción de 100 euros.
– No llevar el carné de conducir. Aunque muchos desplazamientos sean trayectos de corta distancia, es obligatorio llevar el permiso de conducir siempre. No hacerlo supone una infracción que conlleva una sanción de 10 euros.
Olvidarse de renovar el permiso y circular con el carné caducado se multa con una sanción que asciende a los 200 euros.
– ITV caducada. Se debe tener especial cuidado de pasarla cuando corresponde. Circular con un vehículo que tiene la ITV caducada supone una sanción 200 euros. Hacerlo con la ITV denegada, 500 euros. 
– Quedarse sin gasolina. Este olvido puede equivaler a una sanción administrativa de 200 euros por “conducción negligente” siempre que el conductor de origen a “una situación de riesgo o peligro para sí mismo”. En realidad, el Reglamento General de Circulación no sanciona el hecho de la falta de carburante en el coche sino la maniobra que realiza el conductor en ese momento y los riesgos que supone.
– No respetar la distancia de seguridad. La norma establece que la distancia de seguridad debe permitir detenerse en caso de frenazo brusco sin colisionar con el vehículo delantero, teniendo en cuenta la velocidad, las condiciones de frenado y adherencia. No respetarla implica 200 euros de multa y la pérdida de 4 puntos del carnet de conducir. De hecho, en 2019, el 17,8% de las sanciones impuestas en España fue a conductores que no la respetaban.

Sanciones relacionadas con el invierno

– Saltarse una señal. La sanción puede ir desde los 80 euros hasta los 200, si se trata de una señal de prohibición. En zonas de montaña, se debe prestar especial atención a la señalización para comprobar si hay distintivos pintados en el suelo o señales visibles, en caso de encontrar una señal tapada por la nieve.
– Daños o suciedad en el parabrisas. Las roturas en la luna, así como la suciedad pueden ser objeto de sanción de hasta 200 euros si dificultan la visibilidad para conducir. n relación al artículo 84 de la Ley de Seguridad Vial.
En el caso de circular con el parabrisas cubierto por nieve o hielo, de forma que pueda dificultar la visibilidad, se tipifica como una infracción grave en base al artículo 18 que conlleva una sanción de 200 euros.
– Escobillas gastadas o estropeadas. Resultan un elemento imprescindible para limpiar el parabrisas durante la marcha, sobre todo en los días de climatología adversa. Si no funcionan correctamente puede traducirse en una sanción de 80 euros.
– Matrícula ilegible. Es obligatorio circular sin nada que pueda dificultar su legibilidad. De lo contario, la sanción asciende a 80 euros. Durante el invierno, con los restos de la lluvia, nieve y la sal, se debe revisar que no quede cubierta para evitar una multa.
– No llevar las cadenas puestas: Cuando la climatología obliga su uso o se vea la señal R-412, no llevarlas puede traducirse en una multa de 200 euros.

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