Cuotas de autónomo fuera de la realidad

Equiparar la base de cotización de los trabajadores por cuenta propia a los ingresos reales es la próxima batalla de este colectivo

04 febrero 2019 12:57 | Actualizado a 04 febrero 2019 13:15
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Un 18,75% de los trabajadores autónomos que hay en Catalunya están muy por debajo del salario mínimo, con ingresos que apenas llegan a los 500 euros al mes, según datos de la Confederació de Treballadors Autònoms de Catalunya (CTAC). «Está claro -explica Sandra Zapatero, presidenta de CTAC Autònoms- que estos autónomos están sobrecotizando» con sus aportaciones a la Seguridad Social, donde la base mínima de cotización en septiembre de 2018 (últimos datos trimestrales disponibles) era de 932,70 euros.

«Mientras tanto -prosigue Zapatero-, tenemos un 12,5% de autónomos con unos ingresos anuales que van de los 30.000 a los 70.000 euros que [si pagan a la Seguridad Social una cuota mínima (excluidas las personas que gozan de bonificaciones) cercana a los 280 euros mensuales] están claramente infracotizando: por eso pedimos un sistema de cotización obligatorio progresivo y por tramos; para que, a más beneficio, más aportación haya a las arcas de la Seguridad Social».

«Hay un 18,75% de los trabajadores autónomos catalanes que están claramente sobrecotizando» (Sandra Zapatero, CTAC Autònoms)

Las cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia, más conocidas como ‘cuotas de autónomo’, son la próxima asignatura para este colectivo, tras el importante salto en prestaciones sociales que introduce el nuevo Real Decreto-ley 28/2018, publicado el 29 de diciembre de 2018 y en vigor desde el pasado 1 de enero.

En él se recogen y amplían algunas de las reivindicaciones históricas de un colectivo que en la demarcación de Tarragona aglutinaba a finales del pasado mes de septiembre (últimos datos disponibles en la Seguridad Social) a un total de 32.759 personas. Entre las nuevas medidas en vigor están la mejora de las condiciones de la prestación por cese de actividad (el equivalente a la prestación de desempleo de la que gozan los trabajadores por cuenta ajena) o las prestaciones por enfermedad profesional, accidente de trabajo, incapacidad temporal y formación.

  • Mayor base de cotización: Entre las novedades introducidas este año con el Real Decreto-ley 28/2018 está un alza de la base mínima de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que pasa a ser de 944,40 euros mensuales. Parte de este incremento va destinado a las nuevas prestaciones en el ámbito social (contingencias profesionales, cese de actividad y formación, que se añaden a las contingencias comunes, las únicas obligatorias hasta ahora).
  • Nuevas coberturas: La nueva cuota mínima de autónomos, que se sitúa ahora en los 283,3 euros al mes, experimenta un alza mensual de 5,37 euros respecto a 2018. Con esas aportaciones se dan las siguientes nuevas coberturas: prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional, formación continua, incremento de la prestación por cese de actividad de 12 meses a 24 meses, dejar de pagar la cuota de autónomos a los 61 días de causar baja por Incapacidad Temporal.
  • Tarifa plana más alta: La ‘tarifa plana de 50 euros al mes en las cotizaciones a la Seguridad Social de los nuevos autónomos se encarece ahora hasta los 60 euros mensuales, incluyendo las contingencias comunes y profesionales pero excluyendo el cese de actividad y la formación. Este incremento es solamente para las altas a partir del 1 de enero de 2019. Quienes hubiesen empezado con su actividad acogiéndose a esta medida en una fecha anterior, seguirán con las mismas condiciones.
  • Guerra al falso autónomo: Una de las medidas más llamativas del nuevo Real Decreto-ley es sin duda la que atañe al endurecimiento del control y sanción del empleo de falsos autónomos por parte tanto de empresas como de otros autónomos, con multas para el empleador, por infracción grave, que van de los 3.126 euros a los 10.000 euros. La medida, donde puede haber una gran escala de grises en lo que es y no es un falso autónomo, se prevé polémica en su aplicación.
  • Cotización por ingresos reales: Queda pendiente la redacción e implantación, previsiblemente a lo largo del presente 2019 (aunque con muchas dudas sobre un calendario que los agentes sociales califican de optimista), de un sistema de cotización por ingresos reales que establecería cuatro tramos en función del beneficio neto y en el que los autónomos con ingresos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional serían los más beneficiados, al contar presumiblemente con cuotas inferiores a las actuales.
Unas medidas que, dentro de la prudencia, desde organizaciones como CTAC o Autònoms Pimec valoran muy positivamente, pero que ni de lejos dan respuesta a todas las necesidades de este colectivo. «Estamos en el camino de equiparar ciertos derechos, como los accidentes ‘in itinere’, las bajas, la formación o la incorporación al trabajo después de la maternidad, en los que hasta ahora el autónomo se encontraba en un desierto, y con ello nos gusta ver el vaso medio lleno, pero todavía falta mucho camino por recorrer», adelanta Miquel Camps, presidente de Autònoms Pimec.

 

Cotizar por el mínimo
El próximo reto es equiparar la cotización a los ingresos reales, tal y como sucede con las nóminas del colectivo de trabajadores por cuenta ajena. Hay un compromiso del gobierno español para que, durante este primer trimestre de 2019, se empiece a trabajar con los agentes sociales en la regulación que permita equiparar esos ingresos reales con la base de cotización, evitando situaciones que, con demasiada frecuencia, terminan en meses donde el autónomo acaba trabajando para pagar la Seguridad Social, el gestor y poco más.

«Si yo sé que si facturo cotizo y si no facturo, no cotizo, entonces doy el paso y me hago autónomo» (Miquel Camps, Autònoms Pimec)

Durante el tercer trimestre de 2018, un 89,27% de los trabajadores autónomos de la demarcación de Tarragona optaron por la base de cotización mínima en la Seguridad Social (932,70 euros). Un porcentaje que, de realizarse por tramos vinculados a los ingresos reales, podría cambiar sustancialmente. «En función de lo que ganes -explica Sandra Zapatero, de CTAC Autònoms- irías a un tramo o a otro: es lo justo».

Dar el paso
La medida, además, podría servir para dar un buen empujón a no pocos proyectos emprendedores que no se deciden a dar el paso por miedo a no llegar a facturar lo suficiente. «Para alguien que empieza -explica Miquel Camps, de Autònoms Pimec-, lo importante es quitarse los miedos, el ‘¡Ay, si no llego!’. Pero si yo sé que si facturo cotizo y si no facturo, no cotizo, entonces doy el paso».

Con la equiparación de la cotización a los ingresos reales, además, se facilitaría el emprendimiento a tiempo parcial, despejando el camino a personas que hoy pueden decidir que no les merece la pena el riesgo de destinar parte de su nómina a pagar unas cuotas de autónomo que su baja actividad no llegará a compensar con ingresos reales en mucho tiempo. «Toda aquella gente que tiene un talento es válida, y esta medida facilitaría que, si una persona que está en régimen general quiere probar dos horitas como autónomo, que pueda hacerlo», adelanta Camps. 

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