Díaz quiere eliminar los contratos de obra y limitar los temporales

La propuesta devuelve la prevalencia al convenio del sector sobre 
el de la empresa en diversas materias y recupera la ultraactividad

10 junio 2021 05:40 | Actualizado a 10 junio 2021 07:46
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El Ministerio de Trabajo confía en «seguir avanzando» en los próximos meses para cerrar la contrarreforma laboral antes del 31 de diciembre, tal y como se ha comprometido el Gobierno con Bruselas. Encima de la mesa del diálogo social ya hay un primer borrador, que, además de endurecer la contratación temporal, también pone freno a la subcontratación y amplía el perímetro de lo que consideran despido nulo. El ministerio dirigido por Yolanda Díaz también incorpora en esta propuesta dos de sus promesas: recuperar la ultraactividad de los convenios, es decir, que un convenio mantenga su vigencia hasta que se apruebe uno nuevo, y devolver la prevalencia al convenio del sector sobre el de empresa, aunque no en todas las materias. Se trata de dos medidas que exigen los sindicatos pero que cuentan con la frontal oposición de la CEOE.

El veto al contrato temporal que pretende el Gobierno se extiende a las empresas de subcontratación, que han experimentado un fuerte crecimiento en los últimos años y habitualmente suponen una precarización de los empleos. Para frenar su auge, Trabajo endurece sus condiciones. En primer lugar, «en ningún caso el contrato de duración determinada por razones productivas podrá utilizarse para (.) la realización de trabajos o tareas en el marco de contratas, subcontratas o concesiones administrativas», según especifica el texto. Significa esto que elimina el contrato de obra y servicio que tanto utilizan estas empresas, para acatar la sentencia del Supremo, y solo podrán utilizar contratos temporales en el caso de que tengan que suplir alguna baja o excedencia. Además, para frenar los bajos salarios en estas empresas de externalización, el Ejecutivo plantea que «el convenio colectivo de aplicación será el del sector de la actividad ejecutada en la contrata o subcontrata, corresponda esta a la actividad propia de la principal o a una distinta, con independencia de la forma jurídica o el objeto social de la empresa contratista o subcontratista». Solo podrá aplicar el convenio propio en el caso de que «garantice, como mínimo, los mismos derechos que el convenio sectorial que corresponda a la actividad ejecutada en la subcontrata».

Por último, se propone que exista una responsabilidad subsidiaria de la empresa principal en caso de que la actividad desarrollada por la contratista o subcontratista no forme parte del ciclo productivo de la principal, de modo que tendrá que asumir las obligaciones referidas a la Seguridad Social contraídas por las contratistas y subcontratistas durante el periodo de vigencia de la contrata.

Por otra parte, Yolanda Díaz también pretende atajar la temporalidad poniendo coto al despido gratuito para aquellas empresas que abusan de ella o la utilicen de forma injustificada. Para ello, introduce un nuevo supuesto para que se aplique el despido disciplinario también en los casos de temporales cuyos contratos incumplan las causas justificativas que marca la nueva norma, es decir, aquellos que no están debidamente justificados o que no se han realizado por escrito.

Significa esto que el despido de un trabajador temporal fraudulento pasa a considerarse nulo y, por tanto, la empresa está obligada a readmitirle y pagarle el tiempo que estuvo expulsado.

Estas medidas no han sentado nada bien a la patronal. A juicio del presidente de ATA y vicepresidente de la CEOE, Lorenzo Amor, está «completamente alejada de los objetivos de convergencia en materia de temporalidad con la UE y de la realidad del mercado laboral español». Consideró además que limita la capacidad de adaptación de las empresas y advierte de que penalizará la creación de empleo.

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