ERTE hasta septiembre y con menores exenciones

El Gobierno rechaza una prórroga de los expedientes de regulación hasta 
final de año y está dispuesto a aprobarlo hoy pese al rechazo de la patronal

16 junio 2020 06:50 | Actualizado a 19 junio 2020 14:58
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El Gobierno desoye la petición unánime de sindicatos, patronal y altos ejecutivos del Ibex y mantiene su propuesta de prorrogar los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) solo hasta el próximo 30 de septiembre, rebajando además las exenciones en las cotizaciones sociales. Así consta en el documento oficial que ayer remitió a los agentes sociales con el objetivo de aprobarlo hoy mismo en el Consejo de Ministros.

La nueva ampliación no discrimina por sectores sino que la vincula a que «persistan restricciones vinculadas al Covid-19 que impidan o limiten la plena actividad». Pese a que puntualiza que la vigencia de estos expedientes «finalizará, en cualquier caso, el 30 de septiembre de 2020», Trabajo deja la puerta abierta extraoficialmente a una nueva ampliación que podría llegar a final de año, algo que los sindicatos están dispuestos a aceptar -aunque hubieran preferido una prórroga más larga-, pero no la patronal, que ayer rechazó con contundencia apoyar estas nuevas condiciones que califican como «inaceptables», dando la espalda a un acuerdo después de varias semanas de intensas negociaciones.

La CEOE ya había advertido que no toleraría una nueva ampliación que no fuera hasta final de año y manifiesta también su malestar por empeorar las exenciones en las cotizaciones sociales y mantenerse la prohibición de despedir a ningún trabajador afectado por un ERTE hasta el 30 de septiembre, salvo casos excepcionales, y de no poder reducir el tiempo del contrato temporal.

Lo que sí continúan son los beneficios que estos ERTE reportan a los trabajadores afectados, de forma que el tiempo que dure no computará para futuras prestaciones, lo que se denomina ‘contador a cero’, y los trabajadores que no hayan cotizado el periodo suficiente también podrán acceder al desempleo.

En el nuevo Real Decreto que previsiblemente se aprobará hoy no se hace distinción entre los ERTE de fuerza mayor total y parcial, como sí sucedía en el anterior. Así, aunque una empresa mantenga a todos sus trabajadores en suspensión de empleo no podrá ya beneficiarse de una exención del 100% de las cotizaciones sociales de su plantilla (si tenía menos de 50 empleados) ni del 75% (en caso de ser de mayor tamaño).

Porcentaje variable

A partir del 1 de julio todas las compañías a las que se hayan autorizado expedientes de regulación de empleo quedarán exoneradas del abono de un porcentaje variable de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social, bastante más reducido que el actual. Concretamente, para aquellos trabajadores que vuelven a la actividad, la exención alcanzará el 60% en julio, el 50% en agosto y el 40% en septiembre cuando las empresas tengan menos de 50 trabajadores (a fecha de 29 de febrero de 2020), según el borrador al que ha accedido este periódico.

Para las compañías con una plantilla de 50 personas o más, la exención se reduce hasta el 35% en julio, el 25% en agosto y el 15% en septiembre.

Bastante peores son las condiciones para los trabajadores que permanecen en ERTE, en cuyo caso la exención alcanzará el 35% en julio, el 25% en agosto y el 15% en septiembre para las empresas que tengan menos de cincuenta trabajadores. Para las de mayor tamaño, la exención se queda en el 20% en julio, el 10% en agosto y el 5% en septiembre. Es decir, desde julio los porcentajes de bonificaciones oscilarán entre el 60% y el 15%, frente a la actual horquilla de entre el 100% y el 45%.

Además, se prorrogan hasta el 30 de septiembre las medidas encaminadas a la conciliación en lo que respecta a poder adaptar el horario de trabajo y reducirse la jornada hasta el 100% en caso de que el trabajador acredite tener que cuidar a menores o dependientes de hasta segundo grado de consanguinidad.

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