Empiezan a contabilizarse los últimos 25 años para calcular la pensión final

El sábado 1 de enero de 2022 se pone en marcha una de las grandes reformas junto a la edad de jubilación, que ya queda establecida en 66 años y dos meses

14 noviembre 2021 08:30 | Actualizado a 14 noviembre 2021 08:37
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No hará falta esperar a un nuevo pacto entre el Gobierno y los agentes sociales para comprobar los posibles efectos de la ampliación del cómputo de años cotizados para calcular la pensión. La realidad es mucho más tozuda y, por primera vez en toda su historia, la Seguridad Social comenzará a contabilizar los últimos 25 años trabajados, con sus correspondientes aportaciones, para calcular la pensión de quienes se jubilen a partir del próximo 1 de enero de 2022.

En apenas un mes y medio entra en vigor una nueva fase de la reforma de las pensiones aprobada en 2011 y 2013 por los Gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero y Mariano Rajoy, respectivamente. Y no será un año más en el calendario. Se cumple uno de los hitos de esa ley: el periodo que tiene en cuenta la Seguridad Social para calcular la pensión. Por primera vez, serán los últimos 25 años cotizados.

Esta novedad, prevista en la ley, coincide con la polémica generada esta semana en torno al compromiso con Bruselas para «extender» esos cálculos, como indica el documento remitido a la Comisión Europa. Aunque no especifica en cuánto tiempo ni en qué condiciones. A principios de año, se planteó la posibilidad de que fueran 35 los años a tener en cuenta para calcular la pensión. Una idea que quedó descartada por el propio ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, quien dijo que es una «serpiente de verano».

La culminación del calendario supone un cambio de calado. Hasta 2011, la Seguridad Social tenía en cuenta los últimos 15 años de cotización, los más pegados a la jubilación, para calcular la prestación correspondiente.

Aquella reforma fue incrementando esos años por cada ejercicio que ha transcurrido hasta este 2021, en el que se han tomado los últimos 24 años. Desde enero, habrá que computar 12 meses más.

Por ejemplo, si un ciudadano que nació en 1957 quiere jubilarse en 2022, le tomarán como referencia las cotizaciones aportadas en su nómina desde el año 1997. Con sus lagunas, si las hay, como periodos de desempleo o, en su caso, si estos últimos años ha estado inmerso en un ERE (Expediente de Regulación de Empleo). Estos episodios suponen un lastre, ya que las cotizaciones son inferiores a las ordinarias.

A medida que se amplían los años de cómputo, hay ganadores y perdedores. Entre los primeros, quienes hayan sufrido precisamente esas ‘lagunas’ en algún momento de su vida laboral, al poder tomar como referencia más años de cotización ‘ordinaria’. Entre los perjudicados, quienes elevan sus cotizaciones en los últimos años en activo, como suele ocurrir entre los autónomos.

Otra de las novedades viene de la mano de la edad legal de jubilación. A partir del 1 de enero podrán hacerlo quienes hayan cumplido 66 años y dos meses. Esto es, dos meses más que hasta este ejercicio. Esta condición rige para quienes hayan cotizado menos de 37 años y medio durante su vida laboral. Por el contrario, quienes hayan trabajado más de esos 37 años y medio, sí podrán seguir accediendo a la jubilación ordinaria cuando cumplan 65 años, sin tener por qué esperar a los 66 y dos meses.

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