La mayor parte de empresas incumple el registro horario

LABORAL. Pese a ello, en este medio año desde su entrada en vigor sólo un 21% han sido multadas

13 noviembre 2019 08:50 | Actualizado a 13 noviembre 2019 12:49
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La mayor parte de empresas siguen sin cumplir con la obligación de llevar un control de registro de jornada pese a que este martes se cumplió medio año desde su entrada en vigor. Así se deduce de los primeros datos aportados por el Ministerio de Trabajo. De mayo a octubre la Inspección ha abierto 2.010 expedientes a empresas relacionados exclusivamente con el control horario, aunque por el momento solo ha dado por finalizados 505. De este medio millar, se han detectado un total de 107 infracciones, lo que equivale a un 21,2% de las compañías que han sido investigadas. Es decir, que una de cada cinco empresas han sido multadas por no cumplir con esta nueva obligación vigente desde el pasado 12 de mayo.

Las sanciones propuestas alcanzan los 113.181 euros, lo que supone una media de 1.057 euros por empresa. Se observa por tanto que los castigos impuestos se sitúan en la franja baja, ya que según la nueva norma la multa puede oscilar entre los 626 euros y los 6.250 euros. Ésta fue una de las grandes críticas que realizaron los sindicatos a esta ley: que no incluyera una sanción por cada trabajador que incumpla el registro de jornada -algo que elevaría considerablemente el importe total-, sino para la empresa en su conjunto.

Pero además de las mencionadas infracciones, los inspectores han realizado 189 requerimientos de subsanación, es decir, un aviso previo a la multa, para que corrijan lo que está mal; si pasado el tiempo que se les da de plazo no se ha solucionado, la multa será mayor. Estos datos evidencian que en estos primeros meses de aplicación los inspectores han actuado principalmente como asesores, instando a las empresas a que corrijan las irregularidades detectadas, y no tanto con afán sancionador y recaudatorio. Así se lo había pedido el Ministerio, que actuaran con moderación para que estos primeros meses de aplicación fueran un periodo más bien de adaptación.

Pero, si se va más allá, estos datos reflejan además que menos de la mitad de las empresas cumplen correctamente la norma, concretamente poco más de 200 de esos 505 expedientes finalizados (un 41%), una vez eliminadas las compañías sancionadas y las que han recibido un requerimiento.

Quizá por ello, el Ministerio de Trabajo pretende reforzar y aumentar las actuaciones en esta materia y, tal y como demandaban los sindicatos, anunció que, en coordinación con las comunidades autónomas, pondrá en marcha en 2020 una nueva campaña de inspección específica sobre el registro horario.

En este sentido, desde el departamento liderado por Magdalena Valerio recuerdan que la obligatoriedad del registro de tiempo de trabajo afecta a todas las personas trabajadoras, al margen de su categoría o grupo profesional, y a todos los sectores de actividad y empresas, siempre y cuando estén incluidas en el ámbito de aplicación que define el artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores, lo que incluye al teletrabajo y otras fórmulas de horario flexible, al igual que a trabajadores móviles como los comerciales. Las únicas excepciones son determinadas relaciones laborales de carácter especial, como el personal de alta dirección.

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