¿Quién paga antes?

En Catalunya las empresas cobran, de promedio, con 9,78 días de retraso sobre la fecha acordada: ¿Quién es más puntual en los pagos?

06 noviembre 2017 10:29 | Actualizado a 06 noviembre 2017 11:25
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Cuanto más pequeña es la empresa, antes paga. Un 60,44% de las microempresas que hay en el Estado español pagan sus facturas de forma puntual. En el caso de las grandes empresas, ese porcentaje apenas llega al 13,76%. En medio, la mayoría de pequeñas empresas (un 53,63% de ellas) paga con puntualidad, mientras un tercio de las medianas (el 32,89%) sigue este patrón. Son algunos de los datos contenidos en el reciente Estudio sobre Comportamiento de Pagos de las Empresas Españolas elaborado por Informa D&B. 

Para Antoni Cañete, secretario general de la patronal de micro, pequeñas y medianas empresas Pimec, además de presidente de la Plataforma Multisectorial contra la Morositat (PMcM), la explicación a estas diferencias es clara: «La razón de que las pequeñas y medianas empresas paguen bien, sobre todo los autónomos y las microempresas, mientras el problema está en las grandes empresas, es que no existe un régimen sancionador que impida que esas grandes empresas utilicen su posición de asimetría o de fuerza».

En otras palabras: el 80,13% de las grandes empresas paga hasta 30 días (y un 6% a más de 30 días) porque no encuentran oposición. «Antes del año 2010, quien pagaba a 400 días lo hacía de forma legal», explica Antoni Cañete. «Pero ahora [tras el cambio legislativo que fija un plazo de pago estándar de 30 días para las administraciones y de 60 días para las empresas], quien siga pagando a 400 días -prosigue Cañete- lo está haciendo de forma ilegal, y eso es algo que se puede perseguir jurídicamente. El problema son los costes judiciales y otra cosa mucho más simple: ¿Demandar a quien te da trabajo?».

Ley para poder sancionar
La demanda no es opción para el autónomo, la microempresa e incluso la pequeña empresa. De ahí que desde Pimec se haya reclamado con insistencia una ley de régimen sancionador que ponga fin a la indefensión de todos estos pequeños emprendedores respecto al poder que ejercen las grandes empresas para fijar las condiciones de pago.

«No hay un régimen sancionador que impida a grandes empresas utilizar su posición de fuerza sobre pequeñas»

Esa ley, en fase de tramitación en el Congreso de los Diputados y que podría estar lista durante el primer trimestre de 2018, contempla dos grandes propuestas que podrían poner fin a esa situación de desigualdad. La primera de ellas es la creación de un observatorio oficial que monitorice y emita información contrastada sobre los pagos en las empresas privadas (inspirado en el que ya funciona desde el año 2014 con los pagos de las administraciones públicas), en base a la cual puedan llevarse a cabo acciones directas de mejora.

El segundo gran eje de esta ley contempla la creación de medidas extrajudiciales (como por ejemplo el arbitraje) que permitan que, si una empresa no paga en el plazo acordado, entre de forma automática el régimen sancionador sin necesidad de denuncia judicial.

«Si conseguimos -cuenta Antoni Cañete, de Pimec- que esta ley de régimen sancionador se haga sin trampas, con un periodo de enmiendas que está ahora en marcha, eso sería la guinda para que este país sea del siglo XXI en materia de pagos».

«Los plazos de pago por encima de la media -prosigue Cañete- nos hacen perder competitividad: un tercio de los despidos durante la crisis tuvieron como motivo directo la morosidad».

El sector privado paga más tarde
Esta mayor presión legislativa sobre los plazos de pago de las administraciones públicas ha hecho que hoy, a diferencia de lo que aún sucedía el año pasado, el sector público esté pagando antes a sus proveedores que el privado.

De promedio, las empresas catalanas han pasado de pagar, según datos de Pimec, de los 101 días que manejaban en el año 2009 a los 78 días de ahora. Un avance notable, pero menos drástico que el que experimentan las administraciones públicas catalanas, donde de un plazo medio de pago de 166 días en el año 2009 se ha pasado ahora a 72 días.

«Un tercio de los despidos durante la crisis estuvieron causados por la morosidad»

Frente a los 72 días de las administraciones públicas están los 78 días de las empresas privadas. Unas cifras que, puestas una al lado de la otra, terminan con el arquetipo de la Administración que paga tarde y mal.

Aunque otra cosa siguen siendo esas ‘excusas de mal pagador’. Es decir, los retrasos sobre la fecha prevista de pago. Ahí, la Administración Pública sigue siendo, de lejos, la más incumplidora, con un retraso medio en el conjunto del Estado español de 21,10 días sobre la fecha prevista (según datos de Informa D&B), muy por encima del retraso medio de 11,15 días.

Los más cumplidores
En el caso de Catalunya, esas cifras mejoran respecto a la media estatal, al quedar el retraso medio sobre la fecha de pago prevista en 9,78 días entre julio y septiembre de este año. Catalunya entra con estas estadísticas en el ‘top cinco’ de las comunidades autónomas más cumplidoras en sus pagos, sólo superada por Navarra (6,80 días de retraso medio), Euskadi (7,54 días de retraso), La Rioja (8,39 días) y Aragón (8,34).
En el otro extremo se sitúan Ceuta y Melilla (21,32 y 18,66 días de retraso, respectivamente), Islas Canarias (16,81 días), Extremadura (14,43), Castilla-La Mancha (14,30) y Andalucía (13,38).

Entre 30 y 60 días para pagar la factura

  • Directiva europea Los Estados miembros de la Unión Europea tuvieron hasta el 16 de marzo de 2013 para adaptar una directiva que establece medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y que, como norma general, fija un límite de 30 días para pagar las facturas.
  • Adaptación estatal La adaptación de esta directiva europea por parte del Estado español fija un plazo estándar de pago de facturas comerciales de 30 días para las administraciones públicas y de 60 días para las empresas del sector privado.
En cifras

  • 78 días en la empresa privada. El plazo medio de pago por parte de las empresas privadas en Catalunya es hoy de 78 días.
  • 72 días en la Administración. El plazo medio de pago por parte de las administraciones públicas en Catalunya es de 72 días.
  • 9,5 días de retraso. Las pequeñas empresas son las que cuentan con un retraso medio en sus pagos más reducido.
  • 6 de cada diez microempresas. Seis de cada diez microempresas pagan de forma puntual. Es la proporción más alta.
La gran empresa se retrasa casi cinco días más
Las micro y pequeñas empresas no sólo son las que pagan con mayor celeridad sus facturas, con más de la mitad de ellas abonando los pagos en cuanto reciben el requerimiento (el 60,44% de microempresas y el 53,63% de pequeñas), sino que son mucho más fiables que las grandes empresas. En este caso son las pequeñas empresas las que cuentan con un retraso medio más bajo sobre la fecha de pago prevista, con un promedio de 9,54 días de demora en el conjunto del Estado español.

Son 4,66 días menos que el promedio de las grandes empresas (14,20 días de retraso medio), de lejos las que más ‘se columpian’ en los pagos. Microempresas (con un retraso medio de 11,90 días) y medianas empresas (11,39 días) cuentan con promedios muy similares, en una posición intermedia entre las pequeñas empresas y las grandes.

En favor de la gran empresa está el hecho de que sea, junto a la mediana empresa, la única que llega a pagar alguna factura de forma adelantada, aunque la incidencia de esta práctica es totalmente anecdótica. Los anticipos protagonizan apenas el 0,03% de los pagos de las grandes empresas, mientras un 1,12% de esos pagos siguen siendo a más de 120 días. Es decir, fuera de toda legalidad.

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