Tres meses más para evitar una avalancha de concursos de acreedores

En los últimos días el Gobierno ha extendido el periodo de concesión de avales, el de devolución de créditos y el de carencia para preservar el tejido productivo

30 noviembre 2020 05:40 | Actualizado a 30 noviembre 2020 05:41
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La caída de los ingresos de las empresas y el aumento de su deuda forman un cóctel explosivo sobre el que advierte el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, que lanza dos consejos: pasar de las medidas de liquidez -que a la postre elevan la deuda- a la inyección de capital; y mejorar los esquemas legales para lidiar con las insolvencias. De Cos explica que la gestión actual de los problemas de las compañías se dilata demasiado en el tiempo, destruye valor y suele acabar en liquidaciones.

Sin los avales del ICO y otras medidas, el 36% de las empresas habría sido incapaz de hacer frente a sus deudas, según el Banco Central Europeo. En los últimos días, el Gobierno ha extendido el periodo de concesión de avales, el de devolución de los créditos y el de carencia. Además, las compañías no están obligadas a presentar el concurso voluntario y el juez no ha de admitir las solicitudes de los acreedores hasta el 14 marzo, lo que supone una prórroga frente al plazo inicial, que acababa el 31 de diciembre.

Las medidas buscan preservar el tejido productivo. Se da oxígeno a las empresas con recursos y flexibilización de obligaciones. Y se le da más plazo a la Administración para que mejore la legislación sobre concursos e insolvencias, y a las compañías para que se repiensen y se redimensionen.

El tiempo apremia. Ya en el tercer trimestre han aumentado los concursos de acreedores (no hay obligación de presentarlos, pero pueden solicitarse). Casi la mitad de ellos afectan al tramo más bajo de volumen de negocio (hasta los 250.000 euros), sobre todo al comercio y a la hostelería y a firmas con hasta seis asalariados.

Desde Iberinform han detectado que la pandemia está siendo demoledora para las empresas que entraron en 2020 en su tercer año de vida: «Es el momento en el que el capital inicial se agota y la cuenta de resultados tiene que empezar a cuadrar». Su tasa de mortalidad ha subido hasta el 19% desde el 14% de hace un año.

«El mejor sitio para resolver una insolvencia es el juzgado y el concurso de acreedores», afirma Juan Carlos Robles, presidente del Registro de Economistas Forenses (REFOR). Eso dice la teoría, aclara. En la práctica, los concursos han fracasado como herramienta que favorezca la supervivencia empresarial: «Estos procesos no deberían acabar en liquidaciones de compañías; el sistema falla». Ángel Martín, socio responsable global de Financial Restructuring de KPMG y de Restructuring en España, añade que, cuando sí se supera el concurso, volver a la situación normal no es sencillo: la firma sufre un estigma.

La cuestión, por tanto, pasa por evitar el concurso y emplear procedimientos de preinsolvencia que, si bien están ya previstos en el marco jurídico español, se encuentran recogidos en una directiva comunitaria en cuya trasposición trabajan los técnicos del Ministerio de Justicia para que esté lista antes de julio de 2021.

Estos mecanismos pueden ser acuerdos de reestructuración con los acreedores; arreglos con los proveedores; o con los arrendadores. Después, como apunta Martín, pueden llevarse a un juzgado, para que las condiciones queden blindadas. No hay que pasar por alto que el proceso puede toparse con la dificultad de una deuda en la que los acreedores son cada vez más los mercados y menos los bancos, cuando es más fácil negociar con los segundos, por el trato cotidiano que se suele establecer, que con los primeros.

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