El alquiler podrá subir un 10% en zonas tensionadas

Los caseros podrán esquivar la congelación pactada en la nueva ley si hacen contratos de 10 años de duración o acometen obras de ahorro energético

26 octubre 2021 10:20 | Actualizado a 26 octubre 2021 10:29
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El Consejo de Ministros dará luz verde hoy a la nueva ley de vivienda. Con ella el Ejecutivo aspira a revitalizar la oferta del alquiler asequible mediante incentivos fiscales y, por primera vez en España, la limitación de precios en las zonas donde han subido de forma exponencial en los últimos años. Se considerará zona tensionada aquella en la que el gasto medio en vivienda (renta y suministros), supere el 30% del ingreso medio del hogar. Además, los precios tienen que haber subido cinco puntos por encima de lo que lo haya hecho el IPC autonómico en cinco años.

Una de las grandes dudas era cómo afectaría a los grandes propietarios, aquellos con más de 10 viviendas o 1.500 metros cuadrados para uso residencial. Finalmente, no podrán subir los precios dentro de esas zonas. Para los pequeños propietarios se aplicaría una congelación de precios. Sin embargo, se han incluido algunas excepciones en las que los caseros sí podrán subir sus alquileres más allá de la revalorización con el IPC. Así, se permitirá un incremento de hasta el 10% si el propietario realiza, en el plazo de dos años antes del nuevo contrato o renovación, una obra de mejora de accesibilidad o que permita un ahorro energético, demostrable, de al menos el 30%. También podrán subirlo si los nuevos contratos se firman a diez años.

Los incentivos fiscales serán la otra fórmula empleada para limitar las subidas de los alquileres.

Es cierto que la bonificación general baja del 60% al 50%. Pero ese porcentaje se convierte ahora en modulable y puede alcanzar hasta el 90% en algunos casos. Por ejemplo, si se rebaja al menos un 5% el precio de los contratos en zonas tensionadas. La reducción sobre el IRPF será del 70% si la vivienda se incorpora al alquiler en esas zonas o si se alquila a jóvenes de entre 18 y 35 años.

Aquellos caseros que realicen obras de rehabilitación en los dos años anteriores al contrato también podrán acceder a una bonificación del 60%.

La norma establece un recargo de hasta el 150% en el IBI de las viviendas vacías, esto es, las desocupadas durante más de dos años para titulares de cuatro inmuebles o más. Los ayuntamientos podrán exigir un recargo del 50% de forma general, pero la cifra subiría al 100% si la desocupación supera los tres años. Y otro 50% si el propietario cuenta con dos o más viviendas vacías en el mismo municipio. Entre las excepciones, que la ausencia del propietario sea por motivos laborales o de formación.

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