Las víctimas de violencia sexual sin recursos tendrán una ayuda de 2.880 euros

La recibirán quienes ingresen menos del salario mínimo, tendrán hasta cinco años para pedirla y cada ejercicio llegará a 3.000 mujeres

12 abril 2023 18:09 | Actualizado a 12 abril 2023 18:18
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El Ministerio de Igualdad trabaja para cumplir pronto con uno de los mandatos de la ley del Solo sí es sí, aprobada en agosto pasado. Cuenta ya con un primer borrador del real decreto que establecerá el procedimiento y las condiciones para que todas las mujeres víctimas de violencia sexual con escasos recursos reciban una ayuda económica que refuerce su autonomía personal y afiance el proceso de reparación del daño.

Las condiciones del documento, que aún está en fase de alegaciones, podrían sufrir cambios antes de que lo apruebe el Consejo de Ministros. La previsión es que cada año reciban este apoyo unas 3.000 españolas y que el Gobierno dedique entre ocho y nueve millones para hacerlo posible.

A día de hoy, la beneficiaria tipo de este subsidio será cualquier víctima de acoso o agresión sexual, de trata, de matrimonio forzado o de mutilación genital que tenga una renta mensual en el último año no superior al salario mínimo (SMI), que hoy está en 1.080 euros brutos. En esta renta máxima se computarán todo tipo de ingresos o beneficios salvo las ayudas por hijo a cargo o las becas. Pero también podrán recibirla las mujeres que dependan de allegados y su unidad familiar no ingrese más de dos veces el SMI. Un disposición esta muy pensada para las menores.

Derecho a una prórroga

En el caso básico, la víctima tendrá derecho a recibir el equivalente a seis meses de subsidio de desempleo (480 euros mes), lo que supone 2.880 euros. Pero el decreto incluye otros dos tipos de supuestos (que algún miembro de la unidad familiar padezca una discapacidad o que la víctima tenga familiares a cargo), lo que puede ampliar la ayuda hasta un máximo de 11.520 euros.

Si la víctima tiene acreditada oficialmente una discapacidad del 33% o superior la ayuda que le corresponderá son doce meses de subsidio (5.760 euros). Para los casos de tener un familiar o conviviente a su cargo, recibirá entre 4.800 (diez meses) y 11.520 (24 meses) según el número de los dependientes o si alguno tiene una discapacidad.

Las subvenciones las podrá cobrar, a su elección, por mensualidades o todo de una vez. De igual manera, si pasados seis meses desde la concesión sigue en la misma situación económica y familiar, la ayuda podrá prorrogarse una sola vez por igual cuantía. Por tratarse de un medio de respaldo y resarcimiento ante cualquier violencia sexual contra las mujeres, la víctima tendrá derecho a recibir esta ayuda tantas veces como se acredite un nuevo ataque y cumpla las condiciones económicas y familiares, sin limitaciones ni por tiempo transcurrido entre delito y delito ni por el número de hechos.

Sin denuncia

Los plazos para su solicitud son amplios. Las adultas dispondrán de un máximo de cinco años para pedir la ayuda desde que fue acreditada oficialmente como víctima de este tipo de violencia. En el caso de los menores, el período de solicitud no caducará hasta que tenga 23 años, porque, suceda el ataque cuando suceda, el plazo de cinco años empezará a contar a partir de que cumpla 18.

La segunda condición objetiva que se le pone a la beneficiaria, además de los criterios de renta, es que esté acreditada oficialmente como víctima. Eso ocurrirá tanto porque haya una sentencia, auto judicial o escrito del fiscal que así lo determine, o porque, aunque no exista denuncia, lo certifique una entidad autorizada. Este papel lo pueden jugar los servicios sociales, los centros especializados y servicios de acogida en violencia machista y los inspectores de trabajo.

En el caso de los menores, también servirán los documentos sanitarios oficiales que reciban los jueces. El real decreto, de hecho, aprovecha para trasladar y extender a las víctimas de la violencia de género las mismas vías de certificación oficial de su condición y las mismas condiciones para la recepción de ayudas que para las mujeres que sufren violencia sexual, lo que amplía notablemente sus opciones actuales.

Está ayuda, según la regulación que consta en el borrador, tendrá muy pocas incompatibilidades. Podrán solicitarla con independencia de que hayan recibido una indemnización judicial o que cobren renta activa de inserción para desempleados o el ingreso mínimo vital.

Siempre, claro, que la suma de renta en el momento de la petición no supere al mes el salario mínimo. La única incompatibilidad expresa es que si son al tiempo víctimas de violencia sexual y de género deberán optar por recibir una ayuda económica o la otra.

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