El exalcalde de Creixell, Teo Fuster, inhabilitado por contrataciones a dedo

La sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Tarragona acusa al político del PP de un delito de prevaricación continuada de 2007 a 2011 y le impone una pena de seis años de inhabilitación

03 junio 2023 19:51 | Actualizado a 04 junio 2023 14:31
Se lee en minutos
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

El exalcalde de Creixell Teo Fuster ha sido recientemente condenado a seis años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por ser «autor criminalmente responsable del delito continuado de prevaricación». Así lo dicta el fallo de la magistrada del Juzgado de lo Penal número 4 de Tarragona en la sentencia publicada el pasado 14 de mayo. La condena comprende el periodo del 16 de junio de 2007 al 11 de junio de 2011, periodo en el que el político creixellense fue alcalde de su localidad (por segunda vez) bajo las siglas del PP. El fallo judicial también cita a Josep Maria Pascual, cuya acusación quedó archivada en 2021 tras su fallecimiento.

La condena al ex líder del PP local de Creixell viene motivada por dictar «diversos decretos de contratación de personal al servicio del Ayuntamiento, sin cumplir las normas esenciales de contratación, y con la infracción de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad». En otras palabras, muchas de las contrataciones se realizaron a dedo y saltándose la advertencia del secretario, que emitía informes desfavorables por varias razones: el puesto no estaba incluido en la plantilla, no había dotación presupuestaria, por procedimiento irregular o por incumplir otras leyes de contratación.

Entre junio de 2007 y marzo de 2011, Fuster dictó hasta 171 decretos de Alcaldía, de los cuales 46 de ellos fueron para contratar personal, explica la sentencia. Esta forma de proceder empezó siendo un debate político en el seno del pleno municipal y terminó con una denuncia en la oficina antifraude firmada por las concejalas del PSC Montse Muñoz y Adoración Zamora. No solo se contrataba a dedo, sino que algunos contratos eran personas «que eran familia de la familia de algunos miembros de la corporación, personas con influencia, sobre todo para obtener votos y no había procedimiento previo» se informó a Antifraude.

La denuncia a la Oficina antifraude se presentó en septiembre de 2010 y hasta diciembre de 2013, ésta lo derivó a la Fiscalía. La incoación de las diligencias empezó en mayo de 2014.

Aun así, el procedimiento abreviado de la causa entró en el Juzgado de Instrucción número 8 de El Vendrell en enero de 2020 y tras descartarse una posible conformidad se puso fecha al juicio, que se realizó a mediados de noviembre de 2022. La sentencia se ha firmado este mes de mayo pasado.

El exalcalde declaró en el juicio que delegó esta tarea (las contrataciones de personal) a Josep Maria Pascual y subrayó que estaba «convencido de que hizo su trabajo con toda su buena fe y con toda la legalidad. La contratación surgía como una necesidad» y que a él «solo le llegaban los decretos que firmaba». Fuster admitió que tuvo conocimiento a posteriori de los informes desfavorables del secretario «pero entonces no se iba a anular el servicio»”.

El secretario también declaró en la vista que «era habitual en Creixell estas irregularidades y cree que se presentó denuncia en (los juzgados de) El Vendrell». Entre las declaraciones de testigos se averiguó que la denuncia antifraude empezó por la contratación de la mujer de un concejal y al novio de la hija del alcalde, ambas actuaciones con informe desfavorable del secretario. Teo Fuster ha querido matizar un apartado de este artículo y ha explicado que el «novio de su hija substituyó a una persona por enfermedad (un técnico municipal) y no constaba como persona contratada por le consistorio, sino que facturaba sus servicios como cualquier técnico externo».

Además del acusado hubo 32 personas que testificaron, algunos políticos, algunas contratadas y también el secretario de la corporación.

En las conclusiones, la magistrada del Juzgado de lo Penal número 4 argumenta los seis años de inhabilitación impuesta a Teo Fuster. «Con conocimiento del funcionamiento de la entidad pública en la que ejercía como alcalde, delegando su competencia de contratación, con la finalidad de eludir, aparentemente la responsabilidad, sin llevar a cabo ninguna actuación real para cesar las irregularidades (...) la inhabilitación de 6 años (propuesta por) la Fiscalía es proporcionada y adecuada a las circunstancias expuestas».

Comentarios
Multimedia Diari