A salvo la cola y las orejas de los perros

El pleno del Congreso ha ratificado el Convenio Europeo de Protección Animal de 1987, que prohíbe, entre otras prácticas, la amputación del rabo y las orejas de los perros por motivos estéticos o la extirpación de las uñas en los gatos

19 mayo 2017 15:57 | Actualizado a 21 mayo 2017 14:17
Se lee en minutos
Participa:
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

Sin excepciones. Cortar el rabo o las orejas a los perros por motivos estéticos estará prohibido en toda España. Esta semana el Pleno del Congreso ha ratificado el Convenio Europeo de Protección de Animal. Un documento del año 1987. En el Artículo 10.1 se puede leer: «Se prohibirán las intervenciones quirúrgicas cuyo objeto sea modificar la apariencia de un animal de compañía o conseguir otros fines no curativos y, en particular: el corte de la cola; el corte de las orejas; la sección de las cuerdas vocales; la extirpación de uñas y dientes».

A nivel nacional vamos con 30 años de retraso. «Durante todo este tiempo ha habido una falta de interés por parte del legislador y tampoco existe una ley nacional de protección animal que se preocupe de ello», afirma Nuria Menéndez de Llano, directora del Observatorio Justicia y Defensa Animal y abogada de Derecho Animal. Y añade: «A grandes rasgos el convenio es un texto muy antiguo. En España existen 17 comunidades autónomas con legislaciones sobre protección animal, y que son más modernas y protectoras que el convenio».

Siete comunidades autónomas sí que han hecho los deberes en estas tres décadas. En Aragón, Andalucía, Catalunya, Madrid, Valencia, Murcia y Navarra está prohibido cortar el rabo o las orejas a los perros por una cuestión estética. «Permitir la mutilación estética, como ocurre en otras comunidades autónomas, es un sin sentido», afirma Verónica Araunabeña, vocal de pequeños animales de la junta de gobierno del Col·legi Oficial de Veterinaris de Tarragona, y añade que «se trata de una intervención quirúrgica dolorosa para el animal e innecesaria, ya que conlleva los riesgos de cualquier intervención».

Con la entrada en vigor del Convenio europeo sólo se permitirán excepciones a la prohibición «si un veterinario considera necesarias las intervenciones no curativas, bien por razones de medicina veterinaria, o bien en beneficio de un animal determinado; y para impedir la reproducción».

En cualquiera de los casos el artículo 10 especifica que «las intervenciones en las cuales el animal vaya a sufrir o pueda sufrir dolores intensos sólo podrán efectuarse con anestesia y por un veterinario o bajo su supervisión y que las intervenciones que no requieran anestesia podrán ser efectuadas por una persona competente con arreglo a la legislación nacional».

Delito

Habrá que esperar a finales de año para que el convenio entre en vigor en España. Hasta entonces la amputación de la cola y las orejas sólo está prohibida en las comunidades autónomas que expresamente lo recogen en sus legislaciones de protección animal. «No creo que en los próximos meses haya una mayor demanda, porque pocos propietarios son partidarios de cortar las orejas o la cola. Más bien sucede cuando hablamos de criadores que tienen muchos perros y en razas que históricamente han sido amputadas como Doberman o Bóxer», afirma Verónica Araunabeña, vocal de pequeños animales de la junta de gobierno del Col·legi Oficial de Veterinaris de Tarragona. ¿Y qué pasará si alguien decide cortar la cola o las orejas a un perro cuando ya esté prohibido? «Una amputación, desde el 1 de julio de 2015, se considera un delito de maltrato animal desde la reforma del Código Penal», recuerda Nuria Menéndez de Llano y añade que «con independencia, las legislaciones autonómicas de protección animal también podrían perseguir este tipo de acciones a través de la vía administrativa».

Los veterinarios están obligados a reflejar en el historial médico del animal cualquier intervención quirúrgica. «Las amputaciones, igual que la vacunación o cualquier otra intervención, deben reflejarse en el historial», detalla Verónica Araunabeña.

Y en el supuesto de que se realice una amputación fuera de la legalidad, además del propietario, según la abogada de Derecho Animal, «el veterinario también estaría incurriendo en un delito».

Comentarios
Multimedia Diari