Condenada a 3 años de cárcel por aplastar abdomen del bebé que cuidaba en Alcantarilla

El aplastamiento se produjo por la presión ejercida sobre pecho y espalda, "acción que requiere el ejercicio de la violencia"

31 enero 2018 11:41 | Actualizado a 31 enero 2018 19:52
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La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una mujer contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal de esta ciudad que la condenó a tres años de cárcel por las graves lesiones que ocasionó al bebé que cuidaba al aplastarle el abdomen.

La sentencia que ahora se confirma, a la que ha tenido acceso Efe, declaró probado que como consecuencia del aplastamiento, el pequeño, de apenas un año, resultó con heridas que tardaron en curar 124 días, de los cuales, doce de hospitalización.

El relato de hechos probados señalaba que estos ocurrieron en junio de 2014 en la vivienda en la que residía la acusada, en el municipio murciano de Alcantarilla.

La mujer se encarga del cuidado del niño mientras que sus padres se encontraban, por razones de trabajo, en Albacete.

Señalaba el Juzgado que la agresión se produjo "utilizando un mecanismo de presión o aplastamiento manual localizado sobre el cuerpo del mismo, causándole traumatismo abdominal con hematoma en abdomen, hematomas conglomerados concéntricos en zona lumbar, neumoperitoneo por rotura de víscera y erosión en labio inferior".

La sentencia indicaba, por otra parte, que los padres no reclamaron indemnización alguna.

El Juzgado condenó a la acusada, como autora de un delito de lesiones, a la pena de tres años de cárcel y a pagar una indemnización para el menor de 7.400 euros por las lesiones que le causó y las secuelas.

Esa indemnización -según disponía el juez- debería ser ingresada "en depósito bancario de la máxima rentabilidad hasta la mayoría de edad del menor lesionado, del que los padres no podrán disponer sin autorización judicial".

En su recurso, la mujer condenada apeló a la presunción de inocencia y solicitó su absolución tras exponer que el juicio no contó con prueba alguna que acreditara la voluntariedad en la comisión de los hechos.

Al desestimar la apelación, la Sala dice que la única persona que estaba con el bebé era ella y, sin embargo, "no ha dado ninguna explicación coherente sobre lo ocurrido".

Y añade que el aplastamiento se produjo por la presión ejercida sobre pecho y espalda, "acción que requiere el ejercicio de la violencia". 

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