Guía para afectados por el coronavirus

El Gobierno español ha aprobado, desde que decretó el estado de alarma, diferentes medidas que buscan paliar los efectos económicos derivados de esta grave crisis sanitaria

05 abril 2020 18:00 | Actualizado a 06 abril 2020 08:12
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Si algo hace extraordinaria a la crisis sanitaria que estamos viviendo es que está afectando al conjunto de la sociedad. Nadie se escapa de los efectos de la pandemia y a todos nos ha cambiado la vida. Pero es obvio que las consecuencias económicas derivadas de esta emergencia sanitaria están golpeando más a unos que a otros.

La paralización, prácticamente total, de la actividad económica ha afectado a miles de trabajadores, de pequeños y medianos empresarios y autónomos, de colectivos vulnerables, de empresarios, etc.

El Gobierno español, desde que decretó el estado de alarma el pasado 14 de marzo (y que ha sido prorrogado hasta el 26 de abril), ha ido aprobando diferentes decretos ley para intentar paliar los efectos económicos derivados de esta grave crisis sanitaria que nos está tocando vivir.

El Diari, en esta información, resume en una especie de guía práctica, algunas de estas ayudas del Ejecutivo orientadas a diferentes colectivos afectados por la situación.

Trabajadores: ERTEs, parados y permiso retribuido. Los afectados por un ERTE cobran paro

El primer Real Decreto aprobado por el Gobierno marcaba que todos los trabajadores afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo vinculado al coronavirus tienen derecho a cobrar una prestación por desempleo. Independientemente del tiempo que lleven cotizando con anterioridad al mismo.

Este último supuesto tendrá vigencia mientras dure el estado de alarma. La prestación por desempleo durante un ERTE es equivalente al 70% de la base reguladora del salario del trabajador, durante los seis primeros meses. La base reguladora se obtiene en base a la media de las seis últimas nóminas.  

El Gobierno también ha establecido un subsidio para los trabajadores temporales a los que les venza el contrato durante el estado de alarma y no tengan derecho a cobrar el paro por no haber reunido la cotización mínima. La duración será de un mes  y su cuantía ascenderá a 438,88 euros mensuales. 

Por último, todos los trabajadores afectados por la paralización de las actividades no esenciales tienen un permiso retribuido recuperable, lo que les permitirá recibir su salario con normalidad y cuando pase el periodo de cese de actividad, recuperar las horas de manera paulatina.

Pymes o autónomos: Moratoria impositiva. El pago de cuotas se aplaza seis meses

El Ejecutivo español ha aprobado tuna moratoria de seis meses sin intereses para el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de pymes y autónomos, aunque con algunas condiciones.

Así, el Gobierno ha decidido aprobar este aplazamiento de pago de cuotas así como el del pago de sus deudas hasta el 30 de junio de este año, y una moratoria de las cuotas por los días trabajados de marzo. Todo ello, sin intereses. También se facilitará a las empresas y autónomos la realización de gestiones con la Seguridad Social.

Otra ayuda son los microcréditos públicos a interés cero, que podrán devolverse en un plazo de seis años ampliable a 10 años en caso de dificultades económicas. Estos microcréditos estarán avalados al 100% por el Estado. Si después de la crisis estas personas mantienen las condiciones de vulnerabilidad y no pueden saldar la deuda, se hará cargo de ella el Estado.  

Los autónomos y empresas podrán suspender temporalmente sus contratos de suministro eléctrico o modificar sus modalidades de contratos sin penalización. Y los que hayan cesado su actividad o reducida su facturación por la crisis podrán acogerse al bono social de electricidad.

Propietarios de una vivienda de alquiler: Diferentes opciones. Los pequeños dueños percibirán toda la renta

Los pequeños propietarios de inmuebles que están en alquiler percibirán íntegramente la renta de sus viviendas, según las medidas aprobadas por el Gobierno. En cambio, si el arrendador posee más de 10 viviendas, deberá elegir entre conceder una moratoria de cuatro meses del pago del alquiler, a devolver en 3 años; o rebajar el 50% del alquiler al inquilino durante cuatro meses.

Inquilinos: Los contratos de alquiler, prorrogados. Los desahucios, prohibidos durante seis meses

Se prorrogan seis meses los contratos de alquiler de la vivienda habitual que terminen ahora. Se prohiben ejecutar desahucios durante seis meses, se conceden  microcréditos sin intereses a devolver en un periodo de entre tres y seis año y ayudas directas de hasta 900 euros. Y se permite una moratoria de cuatro meses en el pago de la renta, si los propietarios son grandes tenedores.

Empresarios: Asegurar la liquidez. Avales y ayudas

El Gobierno promovió en su primer Real Decreto los ajustes temporales de plantilla a través de la flexibilización de los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo. Los ERTES causados por la crisis del Coronavirus son considerados de fuerza mayor.  En este caso se exonera al empresario  de la aportación empresarial de las cuotas de la Seguridad Social.

También se han aprobado medidas para asegurar la liquidez de las empresas, como  la creación de una línea de avales y garantías públicas por un valor de hasta 100.000 millones de euros. Esto va a permitir movilizar entre 150.000 y 200.000 millones de euros. Se han aprobado líneas de avales adicionales de 2.000 millones de euros para las empresas exportadoras con mecanismos ágiles.

Las Administraciones Públicas van a ayudar a sus empresas contratistas en los contratos del sector público, con un régimen específico de suspensión de contratos públicos, con ampliación de plazos y compensación de salarios.

Empleadas del hogar: 70% de la base de cotización de la trabajadora. Subsidio de desempleo temporal

El Gobierno ha dado luz verde a un subsidio de desempleo temporal que pueden solicitar las empleadas de hogar, que hasta ahora no contaban con este derecho y estaban dadas dealta antes del 15 de marzo, si se quedan en el paro o ven reducidas sus horas de trabajo en esta crisis del coronavirus. La cuantía de este subsidio será del 70% de la base de cotización de la trabajadora.

Hipoteca: Si no puedes pagar. Moratoria de 3 meses 

El Gobierno ha decidido ampliar a tres meses la moratoria en el pago de hipoteca para aquellas personas que hayan perdido su empleo o hayan visto reducidos sus ingresos como consecuencia de la situación generada a raíz de la crisis sanitaria por la expansión del coronavirus.

La moratoria hipotecaria se extiende además a locales y oficinas de autónomos golpeados por la pandemia.

Personas vulnerables: Servicios sociales. 600 millones de ayuda

El Gobierno ha destinado 600 millones de euros a la financiación de prestaciones básicas de los correspondientes servicios sociales de las comunidades autónomas y entes locales, con especial atención a la asistencia domiciliaria a personas mayores y dependientes.

También se han establecido  medidas para garantizar la continuidad de los suministros energéticos y de agua en el hogar, prohibiéndose su suspensión por motivos distintos a la seguridad del suministro.

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