La actividad no tendrá que darse de baja para cobrar

El Gobierno ha flexibilizado las condiciones de acceso a una prestación que se reconoce a todos los autónomos

22 marzo 2020 19:40 | Actualizado a 22 marzo 2020 21:16
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Los autónomos que se han visto obligado a cesar su actividad por la crisis del coronavirus podrán solicitar la prestación a su mutua solo con una declaración jurada o acreditando que su negocio ha caído un 75% con respecto al semestre anterior. Así lo explica la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), que asegura que de esta forma el Gobierno «flexibiliza» las condiciones de acceso a esta ayuda incluida en el real decreto dictado el pasado martes por el Ejecutivo.

«La prestación se le reconoce así a todos los autónomos, independientemente de su forma jurídica (personas físicas y societarios) y no habrá que realizar el paso previo hasta ahora requerido de cursar baja en Hacienda ni en Seguridad Social», explica la asociación en un comunicado. Sin embargo, desde el Ministerio de Seguridad Social aseguran a este periódico que «no hay ninguna novedad» respecto al texto inicial y que «desde el minuto cero todos los autónomos han tenido derecho» a la prestación, siempre que cumplan con los requisitos.

«Los autónomos en esta situación estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social y, además, recibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora, lo que supone un mínimo de 661 euros para quienes hayan tenido que cerrar su negocio o hayan perdido el 75% de su facturación», señala el ministerio en un comunicado.

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