Tres años más a dos miembros de La Manada por el vídeo

La Audiencia de Navarra condena a Antonio Guerrero y Alfonso Cabezuelo por grabar la violación de los Sanfermines. Absueltos el resto del delito contra la intimidad de la víctima

21 noviembre 2019 11:40 | Actualizado a 21 noviembre 2019 11:52
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Los siete vídeos y dos fotografías que Antonio Guerrero y Alfonso Cabezuelo hicieron con sus móviles mientras ellos y otros tres hombres violaban a una chica de 18 años en un portal de Pamplona en los Sanfermines de 2016, suponen un grave delito contra la intimidad. No importa que no haya sido difundido en redes digitales. Por el sólo hecho de grabarlo ya se vulnera la intimidad de la víctima, según la sentencia de la Audiencia de Navarra, que condena a 3 años y 3 meses de prisión a los dos autores de las imágenes.

«Es evidente que los vídeos grabados y las fotos tomadas afectan a datos de carácter personal pertenecientes al reducto más íntimo de privacidad de la denunciante, como lo es, entre otros supuestos contemplados en el precepto, todo lo relativo a la vida sexual, reflejando actos de naturaleza sexual realizados sobre ella sin su consentimiento», dice la sentencia, conocida ayer.

Por haber sido realizada dentro del contexto de una violación, los magistrados de la Audiencia de Navarra valoran que la grabación es «incompatibles con la prestación del consentimiento por la denunciante». Es decir, se aplica el lema de ‘si no es sí, es no’ en el delito contra la intimidad. «Resulta de toda evidencia que quien está siendo agredida no puede asentir a tales actos de intromisión en su intimidad», dicen los jueces para desmontar los alegatos de los acusados. Según el miembro de La Manada Alfonso Cabezuelo, el que hizo seis de los vídeos, éstos se hicieron con el «pleno conocimiento de la víctima», que «no expresó oposición».

Aunque la acusación particular y las populares del Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona imputaban el delito contra la intimidad también a los otros tres miembros de La Manada, la Audiencia de Navarra les absuelve porque el delito se «consumó de manera instantánea», al comenzar a grabar, y los otros partícipes de la violación no colaboraron en esa acción.

Los cinco cumplen ya 15 años de prisión por el delito continuado de agresión sexual, y se enfrentan a otro juicio por abuso sexual contra una chica en Pozoblanco. En este caso, el forense y la psicóloga que atendieron a la víctima determinaron ayer que la chica sufrió «estrés postraumático» al ver las imágenes de los hechos y por la «exposición mediática» a la que se vio sometida.

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