Una iglesia, obligada a silenciar la campana y a indemnizar a un vecino

Según el Tribunal, la campana excede el número de decibelios permitidos

19 mayo 2017 15:50 | Actualizado a 21 mayo 2017 14:22
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La Audiencia de Soria ha emitido una sentencia que obliga a la parroquia de Nuestra Señora de la Asunción, de la población soriana de Hinojosa del Campo, a «desactivar» la campana de la torre de la iglesia para uso horario, tras la denuncia de un vecino que afirmaba que le impedía descansar.

La sentencia condena además a la parroquia a indemnizar al demandante, A.C.M.C., con 2.000 euros por daños morales, y a pagar las costas de la primera instancia. El juzgado de primera instancia e instrucción de Soria desestimó la demanda de daños y perjuicios del vecino y le impuso el pago de las costas causadas por entender que el reloj era propiedad del Ayuntamiento y, por tanto, debía dirigirse contra éste ante la jurisdicción contencioso administrativa.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Soria señala que los ruidos objeto de la demanda no proceden del reloj sino de la campana, propiedad de la iglesia, «siendo ésta la que tiene en su mano ordenar que cesen los mismos, desconectando el reloj, propiedad del Ayuntamiento, de la campana, máxime si tenemos en cuenta que la maquinaria del reloj se encuentra en la sacristía de la iglesia».

La prueba pericial puso de manifiesto que la campana supera en 22,9 decibelios el límite permitido. «Ello supone un ruido muy molesto y súbito que altera el descanso del demandante y de su esposa, que no tienen porqué soportar», se puede leer en la sentencia.

La campana da un toque por cada una de las horas y 90 segundos después repite la misma señal. Además también da un toque de campana por cada media hora. «Ello supone que en horas nocturnas el descanso es imposible, teniendo en cuenta la frecuencia de los tañidos de campana y el volumen del sonido», resalta la sentencia.

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