El juicio de residencia, en resumidas cuentas, fue un procedimiento del derecho castellano y de las Indias que consistía en que al termino del desempeño de un funcionario público sus actuaciones eran sometidas a revisión y se escuchaban todos los cargos que hubiese en su contra. El funcionario, generalmente, no podía asumir ningún otro cargo ni abandonar el lugar (pueblo o ciudad) donde había ejercido hasta que el procedimiento terminara y si se daban irregularidades, éstos debían enfrentarse a duras penas y sanciones económicas. Fueron sometidos a juicio toda clase de funcionarios, desde alcaldes a alguaciles y gobernadores hasta presidentes de audiencia y virreyes. Me pregunto qué pasaría si se recuperara tal procedimiento y todos los políticos actuales –los que ahora empiezan sus campañas electorales– tuvieran que rendir cuentas ante la ley y el pueblo de las gestiones públicas, de sus actuaciones políticas y presentar un balance económico de las cuentas personales y de los bienes adquiridos durante el tiempo que ejercieron su cargo.
El juicio de residencia fue abolido en 1812 (como sucedió con el mandato imperativo) y jamás fue recuperado. No obstante, creo que es importante despertar conciencias y retomar estos elementos que siempre formaron parte de nuestra tradición política para evitar que la corrupción siga siendo el pan de cada día.
Gerard Nicolás Pastor Maggio
(Deltebre)