El abuso de autoridad

Cuando los agentes de la autoridad olvidan el servicio a las personas, pierden la autoridad

19 mayo 2017 20:03 | Actualizado a 21 mayo 2017 21:13
Se lee en minutos
Participa:
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

El abuso de autoridad es una corrupción de lo que ella misma significa. Autoridad es poder y el poder manda, pero también puede corromperse o coaccionar. Muchas autoridades, elegidas en democracia, una vez conseguido el sillón, olvidan de dónde vienen y se acomodan tanto al puesto que lo consideran suyo. Por sus méritos, porque son superiores y por eso les han elegido. Comienza, como una termita, la corrupción íntima. La autoridad es más perfecta cuando se basa en la prudencia y en el equilibrio.

En el Estado de Derecho la autoridad tiene un poder que le faculta para emplear incluso la fuerza, hasta con armas de fuego, como sucede con las fuerzas de orden público.

Para completar este comentario, los uniformes, las insignias, presentan a la autoridad ante el ciudadano. Con ellos se les distingue y se les debe acercar a quien tienen que servir: al elector. Sin embargo, cuando estas personas olvidan que se deben a los demás, que deben actuar con arreglo a las normas, la autoridad se pierde. Ya no es una autoridad, ni un funcionario público: puede ser un delincuente. Ni el uniforme, ni el arma, ni el bastón de mando, le dan fuerza moral para que sean respetados.

Se produce entonces un abuso de autoridad. Que puede ser sancionado por el mismo Código Penal. Hay un Título en él que dice «De las torturas y otros delitos contra la integridad moral». El artículo 173 es claro: quien infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será condenado. Lo mismo pasará con quienes, en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaleciéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que supongan un grave acoso o que tengan por objeto impedir el legítimo disfrute de su vivienda. Si está hecho por una autoridad, el castigo podrá ir desde los seis meses a los cuatro años de prisión. Lo que alcanza a los funcionarios que, conociendo esos hechos, los permiten u oculten.

Tomen nota esos agentes de la autoridad que ven en algún compañero una actitud abusiva o humillante sobre ciudadanos. Para ser un buen agente de la autoridad hay que saber aguantar las provocaciones, incluso los insultos, para lo que deben estar preparados y formados. Un agente de la autoridad no puede abusar de su condición poniéndose al nivel de quien le desprecia, insulta e incluso agrede. Debe detenerle, reducirle con la fuerza estrictamente mínima para no causar daños personales y, sobre todo, no incurrir en el vicio (que, como abogado, he observado alguna vez) de entrar en la pelea dialéctica y enfrentamiento a ver quién la dice más gorda. Hay, pues, humillaciones y torturas, diferentes grados de abuso de autoridad. Son conductas especialmente odiosas, porque, como dice el Tribunal Supremo (en la sentencia del 23 de marzo de 1993) «es un trato degradante en cuanto implica la reducción de una persona a la condición de objeto, de fardo, es decir, de mera cosa […] su anulación como persona libre, la negación, en definitiva, de su dignidad de hombre. Trato degradante es todo lo que humilla y envilece».

Si un agente de la autoridad, por sus problemas particulares o profesionales, no puede aguantar el equilibrio que la autoridad debe ofrecer a quienes les pagan sus salarios, debe retirarse o dedicarse a tareas que no comporten actuación directa con el personal.

Comentarios
Multimedia Diari