El acoso sexual en el Ejército

Entre las faltas graves figura mantener relaciones sexuales en ejercicios u operaciones

19 mayo 2017 23:18 | Actualizado a 22 mayo 2017 21:32
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Pna señora comandante de nuestro laureado y nunca bien comprendido Ejército ha comparecido ante los medios de información para denunciar el acoso de un superior – condenado a más de 2 años de prisión – y de otros mandos después de ello, como posible “venganza” o “apoyo” al macho castigado.

¿Qué pasa en nuestro Ejército?... Evidentemente, es una excepción, pero no es un caso raro. Las Fuerzas Armadas tienen componentes de vocación, sacrificio, fraternidad y, como se decía antes, “valor se le supone”. Sin embargo la situación de la señora capitán demuestra que, al menos en algunos personajes o “compañeros” la valentía queda subordinada al compañerismo de todo machista y repugnante. No ha habido, al parecer, coraje suficiente para asistir y corregir un comportamiento indigno a una compañera condecorada y de expediente personal limpio.

Precisamente con fecha 5 de este mes de marzo ha entrado en vigor el nuevo Reglamento Disciplinario del Ejército, ya que el Tribunal Constitucional declaró por sentencia de fecha 177/2011 de 8 de noviembre, inconstitucionales las normas disciplinarias militares anteriores.

El nuevo Reglamento señala como principios básicos los de legalidad, información, PUBLICIDAD, impulso de oficio, celeridad, EFICACIA y contradicción. (Lo destacado, es mío).

Hay importantes novedades: por ejemplo, que las faltas graves y muy graves se unifican en un solo procedimiento y que las denuncias pueden efectuarse por particulares. O que puede producirse caducidad de la instancia por transcurso de 1 año sin que se mueva el procedimiento por faltas graves y muy graves, que también pueden prescribir por transcurso de 2 o 3 años, respectivamente. Aquí deben jugar los principios de celeridad y eficacia, claro.

Los trámites se simplifican, pudiendo utilizarse los medios electrónicos para las comunicaciones. Se suprime el pliego de cargos inicial. Ahora se le toma declaración al denunciado y el instructor le notifica el inicio del procedimiento, los hechos que se le imputan, la calificación jurídica, las responsabilidades que podrían corresponderle y las posibles sanciones. Entonces el denunciado puede proponer prueba e intervenir, personalmente y con su Abogado.

Se mantiene la inmediata ejecutividad de las sanciones, aunque se indican las causas que pueden suspenderlas o no ejecutarlas. En el caso de que estas sanciones hayan sido impuestas por los mandos de Compañía, Sección, Pelotón o unidad similar, los recursos se dirigirán a los Jefes de Regimiento o Comandante de la Unidad , eliminando un anterior segundo recurso. Aunque no vemos que se haya subsanado el defecto – apreciado en el caso de la señora capitán – de que sea el propio superior inmediato el denunciado, es lógico suponer que la resolución de cualquier trámite (denuncia, recurso, etc.) deberá ser ante el superior del denunciado.

El artículo 3 de este nuevo Reglamento indica que todo ello es sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que resultaren de los hechos. Los procedimientos en vía penal no suspenden los expedientes discipinarios por los mismos hechos, pero la resolución de éstos queda a expensas del fallo o disposición final de aquéllos, resultado que obliga a la Administración militar.

Entre las faltas graves (artículo 7) en el nº 29 figura mantener relaciones sexuales en instalaciones militares, en ejercicios u operaciones. El nº 30 indica que lo es realizar o TOLERAR actos que DE CUALQUIER MODO atenten contra la intimidad o dignidad personal (lo destacado, es mío).

El artículo 8, de las faltas muy graves, indica en el nº 12 que lo es el acoso sexual DE CUALQUIER MODO O DE FORMA REITERADA . El Ministro de Defensa no ha dicho aún ni pío, ni los mandos de Estado Mayor. ¿Es ésta la consideración que debemos tener también los altos mandos militares, cuando ya están cayendo en picado las de los políticos?...

La sociedad, escandalizada de nuevo, espera una respuesta convincente.

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