El fin del estado de alarma

Debe existir una garantía para que las autoridades tomen las medidas más adecuadas para evitar muertes y contagios

21 abril 2021 09:20 | Actualizado a 21 abril 2021 09:47
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En este país donde todo es motivo de polémica, la última ha saltado con el anuncio del Gobierno de no prorrogar el estado de alarma más allá del 9 de mayo. Alega el Ejecutivo que con la vacunación en marcha y la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública habrá suficiente para controlar la decisiva desescalada, sea cual sea el desarrollo de esta cuarta oleada, que parece más contenida que otras veces, probablemente porque ya se empiecen a notar los efectos de la inmunización.

Es evidente que la mencionada ley orgánica ya estaba en vigor cuando se decretó el estado alarma, por lo que cabría preguntarse por qué no valió entonces para tomar las medidas de seguridad necesarias y ahora sí resulta suficiente. La respuesta es más fácil en el primer estado de alarma, cuando atravesábamos unos momentos especialmente duros en los que ni siquiera había mascarillas ni material sanitario suficiente, se imponían el confinamiento de todos los ciudadanos y el cierre de las actividades no esenciales, unas medidas tan excepcionales y de tanta envergadura que era muy lógico recurrir a los márgenes legales que le proporcionaba la Constitución. El segundo estado de alarma llegó tras el verano y tras ver cómo algunos juzgados tumbaban decisiones adoptadas por las comunidades para tratar de atajar la expansión del virus.

Ahora todo parece indicar que nos encontramos al final del túnel. Si bien nada hace pensar en la vuelta de aquellos confinamientos radicales, es cierto que puede que la desescalada no sea todo lo lineal que todos deseamos y que hayamos de adoptar restricciones a la libre circulación, al horario de apertura, al aforo de establecimientos públicos..., decisiones que se deben tomar para proteger un bien tan fundamental como la salud y que no pueden quedar al albur de jueces que han demostrado una enorme disparidad de criterios. Por tanto, si no hay estado de alarma, sí debe existir una garantía de que las autoridades podrán tomar las medidas que consideren más oportunas para evitar más muertes y contagios. Después de tanto sacrificio, no podemos permitirnos un paso atrás.

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