El velo y el sentido común

Vetar el uso del velo en todos los trabajos es tan irracional como pretender que pueda usarse en cualquier situación laboral.

19 mayo 2017 16:00 | Actualizado a 25 noviembre 2020 18:46
Se lee en minutos
Participa:
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

Temas:

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado que prohibir el uso del velo islámico en el puesto de trabajo «no constituye una discriminación directa por motivos de religión o convicciones». Al mismo tiempo, sin embargo, la justicia europea también abre la puerta a que vetar el uso de la prenda sea legal en determinadas ocasiones e ilegal en otras, en función de lo que determinen los jueces de cada Estado miembro, para lo cual los magistrados pueden tener en cuenta cuestiones como la existencia o no de un reglamento interno de la empresa, el tipo de actividad de la empleada, si trabaja de cara al público, o también el tamaño de la prenda. En definitiva, el tribunal europeo no fija una regla universal sobre el velo y remite los conflictos que puedan producirse al sentido de la justicia de los jueces de cada país. Es una medida razonable. Establecer una norma general en asuntos tan delicados como el sentimiento religioso genera el riesgo de caer en la injusticia e incluso en la xenofobia. Es obligado apelar al sentido común, tanto de las empresas como de los trabajadores y si no se ponen de acuerdo, que sea el juez quien determine en cada caso el proceder más racional. Es lógico que haya empresas que veten el uso del velo en determinados puestos de trabajo, como también lo es que en otras labores el velo no suponga problema alguno. Si no impera el sentido común será el juez quien ponga orden, por si les faltaba trabajo a los jueces.

Comentarios
Multimedia Diari