¿Hermanos para siempre, o todo lo contrario?

18 noviembre 2020 09:55 | Actualizado a 18 noviembre 2020 10:15
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Hace pocas semanas circuló por las redes sociales una foto enternecedora. Cuatro adolescentes, pantalón corto y torso desnudo, caminaban por una senda flanqueada de olivos. Se les veía de espaldas, cogidos fraternalmente por los hombros, como si quisieran que nada ni nadie les separara. 

Tadeo, Diego, Ivo y Telmo, como así se llaman nuestros muchachos, tienen nueve años y se criaron como hermanos en una misma casa durante casi ocho años. Los dos primeros, gemelos, son hijos biológicos de Miguel Bosé, y los dos últimos, gemelos también, son hijos biológicos de Nacho Palau. Las dos parejas de niños nacieron por gestación subrogada, y vivieron todos como familia hasta que en 2018 los padres se separaron, tras veintiséis años de convivencia como pareja, quedándose  Bosé con Tadeo y Diego en Méjico, y Palau con Ivo y Telmo en España.

Tras la ruptura, Nacho Palau presentó demanda contra su expareja ante el Juzgado de Pozuelo de Alarcón, pidiendo que los cuatro chicos fueran declarados hermanos, con los mismos apellidos, y reconocidos sus progenitores como padres de todos ellos. El tema es novedoso y de considerable interés jurídico, pues nunca antes se planteó una acción de filiación con esta problemática, y no hay jurisprudencia al respecto. Debo reconocer que para mí existe un atractivo adicional: Palau vive con sus hijos desde hace dos años en Chelva, mi Macondo natal, un pueblecito de La Serranía valenciana, en casa de su madre. Y allí trabaja, hoy como empleado de una fábrica de embutidos, ayer como cocinero en una residencia de ancianos, mientras Ivo y Telmo van a la escuela pública del pueblo. Una vida modesta y discreta, en las antípodas de la de Bosé, instalado en el populoso Méjico DF, con presencias esporádicas en Hollywood y otros lugares  glamurosos.

Y el juez acaba de dictar sentencia hace pocos días: desestima la petición principal de declarar a los chicos hermanos y a los dos adultos, sus padres, pero acepta la pretensión subsidiaria y establece un régimen de visitas de los chicos entre sí y con sus respectivos padres. No ha trascendido el texto de la sentencia -las partes han optado por la discreción, pese a lo mediático del caso-, de modo que mis fuentes de información se limitan a una nota de prensa del abogado demandante y a lo publicado por los medios. 

La primera impresión que se saca es que el juez ha optado por una decisión un tanto salomónica, tirando a victoria por dos a uno de Bosé sobre Palau, pues le da la razón en la parte principal,  y se la quita en el resto. Pero todavía queda por jugar el partido de vuelta -apelación a la Audiencia de Madrid-, y un tercer encuentro, si llega el caso -Tribunal Supremo-. El asunto es opinable y hay argumentos que abonan las dos posturas. Y si los caminos del Señor son inescrutables, los de la justicia todavía más. 

Llama la atención, por otro lado, que según el juez existe posesión de estado y ha quedado probado el propósito de los padres de tener hijos para formar una única familia en la que los chicos serían hermanos y los litigantes, sus padres. Pese a esta aseveración, no menor, rechaza la filiación solicitada porque el actual marco jurídico no lo permite, pero a la vez concede un régimen de visitas, lo cual no deja de ser contradictorio. Y ahí está el nudo gordiano del caso: en la posesión de estado y en el no reconocimiento de la gestación subrogada en nuestro ordenamiento jurídico. 

Se entiende por posesión de estado un conjunto de circunstancias de hecho con valor jurídico en relación con el estado civil de una persona. Se compone de tres elementos, no necesariamente concurrentes: los apellidos, el trato entre padres e hijos y el reconocimiento social de esa relación. Por su parte, la gestación subrogada no se permite en España. La Ley de Reproducción Asistida (2006) declara nulo de pleno derecho cualquier contrato en ese sentido. Sin embargo, la Dirección de los Registros acepta (2010), con determinados requisitos, la inscripción de niños nacidos en el extranjero con esa técnica. Otros países la aceptan. Con total liberalización como EEUU, o con matices, como Gran Bretaña y Canadá. En mi opinión, la legalización de la gestación subrogada caerá como fruta madura en nuestro país. Solo es cuestión de tiempo.

Prescindimos de las consecuencias económicas de una acción de esta naturaleza: pensión de alimentos para los hijos a pagar por los padres y el derecho a participar en la herencia de éstos. No parece que el interés haya movido a los contendientes. Lo que sí que se percibe es una diferencia abismal en la relación que quieren para los muchachos: Palau desea que los cuatro sean hermanos, y Bosé solo acepta que lo sean dos a dos.       

Con ese escenario el juez de Pozuelo tenía dos opciones: salir del paso haciendo una interpretación rigorista y estricta de la ley; o buscar una solución innovadora para arreglar el problema de unos chicos que se sienten hermanos pero con un océano de por medio. Y se ha decantado por la primera. ¿O quizás ha dejado abierto un portillo para que una instancia superior entre hasta el fondo y resuelva el conflicto en su totalidad? 

Pero podía haber optado por la segunda opción. Y creo que hay argumentos. En primer lugar, lo que prohíbe la ley es el contrato por el que una mujer pacta tener una criatura para que se la quede el otro contratante o un tercero. Pero ese no es el caso que examinamos, con cuatro chicos ya inscritos en nuestro Registro Civil, por cierto con un solo progenitor. ¿Acaso es perjudicial para los muchachos tener dos padres como los demás? En segundo término, el principio de derecho según el cual hay que decantarse por el interés del menor cuando en un conflicto hay diversos intereses en juego. Por último, si el juez dice que hay posesión de estado, ¿por qué no va más allá y completa la relación de parentesco entre los chicos y sus padres?

No hay que olvidar, por último, que las acciones de filiación tienen un margen dispositivo considerable. Sería sensato y conveniente para todos, en especial para los chicos, que sus progenitores, prescindiendo de conveniencias y egoísmos, llegaran a una solución pactada, que partiendo del interés superior de los menores, pusiera fin a un litigio que a nadie beneficia. Sería la mejor manera de atender el mensaje subliminal que con la foto envían los muchachos.

Paco Zapater: Abogado. Licenciado en Derecho por la Universitat de València. Es uno de los abogados más conocidos de Tarragona. No solo porque ejerce desde 1980 sino también por su implicación en la sociedad civil. Fue Síndic de Greuges de la URV y concejal de Relacions Ciutadanes del Ayuntamiento de Tarragona.

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