La música del Derecho

A algunos la Ley de Transitoriedad les evoca la película ‘2001, una odisea en el espacio’

04 septiembre 2017 10:48 | Actualizado a 04 septiembre 2017 10:58
Se lee en minutos
Participa:
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

Temas:

¿Tiene el Derecho música? Me explico. ¿Podemos afirmar que determinados actos jurídicos o disposiciones normativas tienen ritmo, se perciben como agradables al oído, causan paz y en el fondo felicidad en el espectador? O, por el contrario suenan mal, desasosiegan el cuerpo y algo más la mente sin saber muy bien por qué, no son armoniosas y estimulan un sentimiento contrario a ellas. Aunque ustedes nunca se hayan parado a pensar en tales ideas, les confieso que el Derecho es, como todas las Ciencias, pura armonía. Tiene música y ritmo, aunque a veces sea difícil explicarlo.

En muchas ocasiones el Derecho nos desconcierta. No le encontramos sentido. Nos parece absurdo y contrario a toda razón, hasta que le encontramos el ritmo, averiguamos la escala musical en que está compuesto y la lógica del sistema. Entonces empezamos a comprender y nos dejamos llevar por el agradable sentido de la composición. Otras veces descubrimos, sin embargo, que estamos ante una simple jaula de grillos y que todo no es sino pura apariencia jurídica.

Suelo iniciar mis clases en la Universidad interrogando a mis nuevos alumnos de la siguiente forma: “¿Vosotros creéis que es posible que una persona legue a sus hijos la casa del vecino?” Respuestas hay muchas (o pocas porque son tímidos) pero todas coinciden en la negativa: “no es posible”, “!qué barbaridad!”, “!qué diría el vecino!” Y, sin embargo, es completamente posible, como la validez de la doble venta. Sólo hay que leer la música: el legado es válido, pero el obligado a cumplirlo deberá adquirir la casa del vecino, y si no puede hacerlo (entre otras cosas porque el vecino se niega), deberá entregar su valor. Ahora se entiende. Y añado: “A partir de hoy habéis dejado el mundo de fuera, en que se vive el Derecho pero no se comprende, y habéis entrado en el mundo de los juristas, en que tendréis que investigar la esencia del mismo”.
El Derecho es fácil y difícil al mismo tiempo, sencillo y extremadamente complicado, apto para niños y sólo comprensible para los muy expertos. En el lenguaje popular hay dos palabras que pueden aclararnos estas ideas: leguleyo y jurista. El leguleyo conoce las normas; el jurista, sabe la música.. Hace unos años, un célebre catedrático de Derecho Financiero y Tributario de Barcelona que había formado a muchos profesionales y profesores universitarios, simplificaba esta dualidad de forma muy sencilla: “Martín, yo ahora leo a Max Weber, las declaraciones de renta se quedan para los leguleyos”.

Les pongo un ejemplo personal que pueda hacer más comprensible mi discurso (eso espero, pero ya saben que la música se siente, no se explica). Hace también unos años recibí un documento con el membrete de Hacienda por el que me negaban una determinada deducción por adquisición de vivienda habitual. Yo la había aplicado en mi correspondiente declaración, aunque existían algunas resoluciones administrativas que la negaban. A mi simplemente no me sonaba bien, o dicho de otra manera, era incoherente dentro del sistema jurídico y de la filosofía y estructura legal.

Fui a hablar con el correspondiente funcionario, aunque sabía que era inútil porque estábamos hablando de la música, que son palabras mayores. No quedaba más remedio que recurrir. Me despedí diciéndole que así lo haría, pero no pude por menos que añadir que consideraba su notificación “INEXISTENTE”. “Pero hombre, no se ponga usted así”, me contestó. Y para que quedase claro que hablábamos de música, precisé que no era una comunicación nula, anulable, impugnable o resoluble, sino simplemente que no existía, que no formaba parte del mundo del Derecho, y que se encontraba en la nada jurídica. Todo esto serían meras sutilezas de juristas, si no tuvieran (y las tienen) sus importantes consecuencias en el mundo de los mortales y especialmente en su patrimonio. 

Por lo visto, tenía razón en todo, hasta en la inexistencia. Un tribunal administrativo me la dio. Muy poco tiempo después el Gobierno cambió la norma (un decreto) que a mí me había parecido no musical. Se trataban como les dije de una cuestión de armonía y ritmo.

Yo soy civilista por azar, pero cuando estudiaba en la Facultad todo el mundo hubiera asegurado que mi futuro estaría en el Derecho Público. Si así hubiera sido, mis clases en la Universidad hubieran empezado con otra pregunta muy distinta: “¿Una norma emanada por un poder legislativo, en consecuencia representante del pueblo soberano, puede ser declarada ineficaz? ¿Quiénes son los demócratas y dónde está la democracia, entre los que promulgan la ley o entre los que la declaran ineficaz?” 

De la proyectada “Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República Catalana” se dirá de todo y ya se ha comenzado a decir. Incluso alguno llegue a llorar, no sabemos si de pena o de alegría. Yo les reconozco que no acabo de encontrarle el ritmo y eso como han visto es el fondo de la cuestión. Alguien con menos miramientos, y puede que no le falte razón, me ha asegurado que le ha recordado la música de Strauss al comienzo de la película de Stanley Kubrick 2001. Una odisea en el espacio. Un alumno quizás demasiado aventajado se ha limitado a decir con precisión: “INEXISTENTE”.

Comentarios
Multimedia Diari