Ley y trampa en el propio Parlamento

Si la norma para la formación de grupo no es pertinente, que se reforme, pero que no se retuerza la legalidad en el propio Congreso

19 mayo 2017 18:40 | Actualizado a 21 mayo 2017 17:07
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E l reglamento del Congreso de los Diputados dispone que «los diputados, en número no inferior a 15, podrán constituirse en grupo parlamentario. Podrán también los que habiendo obtenido un número de escaños no inferior a cinco y el 15% de los votos en las circunscripciones en que se hubieran presentado o el 5% en el conjunto de la nación». Además, se prescribe taxativamente que «en ningún caso pueden constituir grupo los que pertenezcan a un mismo partido. Tampoco los que pertenecieran a formaciones que no se hayan enfrentado ante el electorado». En el Senado rigen preceptos semejantes. Las minorías nacionalistas no cumplen a menudo el requisito de haber obtenido el 15% en todas las circunscripciones electorales (provincias) en que se han presentado. Es el caso de Convergència en las últimas elecciones. Pero en todos los casos hasta ahora, y con el aval a posteriori del Tribunal Constitucional, la Mesa de la cámara ha actuado con flexibilidad y se les ha concedido el grupo, a cambio de alguna condescendencia política (podría ser que los diputados que este martes votaron al PP en la constitución de la Mesa del Congreso estuvieran devolviendo el favor). En definitiva, también el Parlamento cumple el adagio que tanto predicamento tiene en este país: «Hecha la ley, hecha la trampa». Si la norma no es pertinente, refórmese, pero no se retuerza más la legalidad a la vista de todos, o a escondidas, que aún es más grave.

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