Condenados por construir una casa en suelo forestal en Alforja

El juez ha impuesto a la pareja tres meses de prisión y el pago de una multa de 1.080 euros, además de la demolición de la construcción

28 octubre 2019 09:10 | Actualizado a 29 octubre 2019 13:33
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Un matrimonio que levantó ilegalmente una casa en un terreno forestal ha sido condenado a tres meses de prisión, además de tener que pagar una multa de 1.080 euros y estar inhabilitado durante tres meses para profesión u oficio relacionado con la construcción. Además, se tiene que demoler completamente la edificación. Así constaba en la sentencia del Juzgado de lo Penal 2 de Reus y ahora confirmada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona, rechazando así el recurso de la acusada.

La sentencia recoge que los procesados son una ciudadana belga y su esposo español. En mayo de 2010 construyeron en la finca propiedad de la mujer, situada en el paraje Torretes de Alforja, una casa de madera movible, de unos 130 metros cuadrados. Ésta había sido adquirida previamente.

La construcción la llevaron a cabo sin haber obtenido la preceptiva licencia urbanística del Ayuntamiento y pese haberse notificado el acta de denuncia por parte de los agentes rurales el 6 de abril de 2010. También el acta de paralización de obras de 1 de junio. La pareja tenía pleno conocimiento de que en dicha finca no se podía construir, contando con la calificación urbanística de suelo rústico forestal, no urbanizable.

La casa, destinada a segunda residencia, cuenta con una base de hormigón de entre 10 y 15 centímetros de altura y mallazo, sobre la que se asienta tras haber retirado unos avellanos y la cubierta vegetal, no siendo legalizable.

Los magistrados han tenido en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas porque la causa ha permanecido paralizada durante importante periodos de tiempo.

En el recurso de apelación, la procesada argumentó que no se había declarado un testigo propuesto, por lo que pedía que se declarase nula la sentencia. También alegaba que la casa de madera era movible y que por lo tanto no se le podía acusar de un delito contra la ordenación del territorio. Finalmente, señalaba que la empresa que se la vendió le dijo que era legal.

«Sabía de la ilegalidad»

Los magistrados de la Audiencia aseguran que no sólo quedó acreditado que la mujer era conocedora de la ilicitud de su conducta –según la declaración del concejal de Urbanisme y de los agentes rurales– sino que además continuó con sus actos. Por su parte, la Audiencia recuerda que el arquitecto que trabajó para la empresa que montó la casa dijo que el único certificado que expidió era el que la casa se podía mover y transportar, «pero que a su juicio la casa de madera era un bien inmueble, o una edificación de carácter permanente», señalando además que tales casas se dejaban sobre una solera de hormigón y se asentaban sobre soportes metálicos con unas patas regulables.

Es más, aseguran los magistrados, se tuvieron que talar árboles de forma injustificada, según los agentes rurales. Y se tuvo que instalar una base de hormigón o piedra de unos 130 metros cuadrados en zona forestal, lo que originó un innegable impacto paisajístico.

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