El TSJC ratifica la anulación de la adhesión de Reus a la AMI

El ayuntamiento ha recibido este lunes la notificación y en los próximos días estudiará las posibles acciones a emprender

09 diciembre 2019 19:33 | Actualizado a 10 diciembre 2019 19:40
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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha ratificado la sentencia que en febrero de 2017 dictó el Contencioso-Administrativo número 1 de Tarragona anulando la adhesión del Ayuntamiento de Reus a la Associació de Municipis per la Independència (AMI). Un fallo que fue recurrido por el consistorio y la propia AMI y que ahora ha sido desestimado por el alto tribunal, según ha avanzado El Mundo

Fuentes municipales consultadas por el Diari confirman que el ayuntamiento ha recibido este mismo lunes la notificación judicial y que, en los próximos días, se estudiarán las posibles acciones a llevar a cabo. Entre ellas, cabría la opción de presentar un nuevo recurso de apelación, en este caso ante el Tribunal Supremo.    

El caso surge del recurso que en su día presentaron cuatro concejales de Ciutadans (Cs) del consistorio – de los cuales ninguno de ellos sigue en activo–, Societat Civil Catalana (SCC) y la Associació Cívica i Cultural contra la adhesión de Reus a la entidad que agrupa los municipios por la independencia. 

Fue una sentencia pionera, ya que era la primera de estas características que se producía en Catalunya por considerar que la afiliación del consistorio a una entidad soberanista sobrepasaba el ámbito de sus competencias locales. Además, el magistrado exponía que no era conforme a derecho tanto el acuerdo del pleno de 2015 como el decreto del alcalde que aprobaba la entrada de la capital del Baix Camp a la AMI y el pago de la cuota a la entidad. 

La resolución del Contencioso-Administrativo número 1 de Tarragona generó una gran polémica en la ciudad. De hecho, el alcalde Carles Pellicer salió el día siguiente en rueda de prensa para asegurar que «el juez no ha respetado la autonomía municipal. Reus seguirá adherida a la AMI, respetando de esta manera la voluntad de los 17 concejales que votaron a favor». 

También anunció que el gobierno municipal recurriría la sentencia, como así sucedió tras la celebración de una tensa sesión plenaria cargada de reproches, críticas y con todos los bancos de la sala ocupados. Ahora, la sentencia del TSJC desestima aquel recurso de apelación presentado para revocar la decisión del magistrado de Tarragona.

El informe de Secretaría

A raíz de la sentencia del Contencioso Administrativo, el secretario municipal redactó un informe jurídico que rebatía los principales argumentos expuestos por el juez asegurando que la adhesión a la Associació de Municipis per la Independència y el pago de la cuota (5.000€) no suponían una vulneración de los principios de objetividad e imparcialidad que establece la Constitución. 

Entre los motivos que enumeraban desde Secretaría estaba que «los municipios catalanes tienen derecho y son competentes para integrarse en asociaciones para la protección y promoción de sus intereses». También recordaba que la AMI es una asociación de municipios constituida legalmente y que, según sus estatutos, «va más allá de los fines vinculados con la independencia».

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