¿Fin a los casos de odio en Reus?

Fiscal. Rechaza el delito de odio en el caso del manifiesto del 3-O con la misma doctrina del TSJC usada en la causa del mecánico

15 junio 2020 07:42 | Actualizado a 05 julio 2020 10:39
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La semana pasada fue imposible no volver a recordar lo sucedido hace cerca de tres años en Reus durante la celebración del Referèndum del 1 de Octubre. Todo a resultas de la publicación del escrito de la Fiscalía de Tarragona sobre el caso por presunto delito de odio contra el alcalde de Reus, Carles Pellicer, entre otros políticos, y que sigue todavía en fase de instrucción. 

Las jornadas posteriores al 1-O fueron días intensos, de protestas y movilizaciones multitudinarias para rechazar las cargas policiales en los colegios electorales de muchos municipios. En Reus, particularmente, no se produjo ninguna de aquellas escandalosas imágenes, aunque sí generó un gran revuelo el hospedaje de una cuarentena de agentes en el Hotel Gaudí. Esto hizo que el céntrico establecimiento se convirtiera en punto neurálgico de todas las manifestaciones. 

Dos días después del 1-O, fue cuando el equipo de gobierno (PDeCAT, ERC y Ara Reus) y la CUP acordaron un manifiesto que, entre otras reclamaciones, instaba a los agentes de la policía a abandonar la ciudad. La firma y lectura de aquella declaración unitaria, junto con el acoso que la Policía Nacional asegura que padeció esos días, fueron la punta de lanza de la denuncia que los propios agentes presentaron contra los representantes políticos. Una causa por delito de odio que fue aceptada por el Juzgado de Instrucción número 2 de Reus y que investiga tanto al alcalde Pellicer, como al resto de concejales que firmaron aquel manifiesto (Noemí Llauradó, Montserrat Vilella, Mariona Quadrada y Jordi Cervera).

Los días posteriores al referèndum del 1-O la ciudad vivió protestas multitudinarias 

Llegados a este punto, la semana pasada fue cuando trascendió el citado artículo del fiscal que pide el sobreseimiento del caso como respuesta al recurso que presentaron las defensas, letrados de los Advocats Voluntaris 1 d’Octubre de Reus

Es cierto que el escrito no es concluyente, pero su exposición y conclusión resultan de gran relevancia dentro de la instrucción. Además, no es el único que usa los mismos argumentos en causas ocurridas en la ciudad. Me refiero al caso del mecánico de Reus por negarse a arreglar el coche de una agente de la Policía Nacional y que el Juzgado de Instrucción número 3 de Reus sí que archivó.

El precedente del TSJC

Tanto el fiscal como el magistrado, también las defensas, invocan la doctrina del TSJC de 28/06/2018 para justificar que los agentes de policía no pueden ser «víctimas del odio» por no ser considerados «colectivos vulnerables». Por lo tanto, ambos casos no pueden dirimirse por la vía penal del odio, si bien en los escritos se recrimina la actuación tanto de los políticos como del mecánico. 

El auto del TSJC se refiere al caso del diputado de ERC en el Parlament, Ferran Civit, por los tuits que publicó pidiendo no dar alojamiento a la policía. El alto tribunal dio carpetazo por rechazar el delito de odio. Caso muy parecido, también, al del profesor universitario, Hèctor Bofill, absuelto por la Audiencia de Barcelona.

En la causa del manifiesto del 3-O será la Audiencia Provincial de Tarragona la que deberá resolver si, finalmente, se celebrará juicio en caso de mantenerse las acusaciones. Aún así, la línea marcada hasta ahora supone una corriente de sentido común en la cascada de casos denunciados en su día por supuestos delitos de odio relacionados con el Procés y que todavía siguen abiertos. 

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