La Audiencia avala el registro del piso y despacho del arquitecto Batesteza

Los magistrados también apoyan la decisión del juez de impedir la transmisión de algunos bienes de su propiedad

19 mayo 2017 20:43 | Actualizado a 22 mayo 2017 07:46
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Nuevo revés judicial al arquitecto Luis Batesteza, imputado en la pieza número 2 del Caso Innova, la que investiga su participación en la construcción del Hospital Sant Joan de Reus ya que fue contratado como asesor de las obras pocos días después de que dejara su cargo de director de infraestructuras en el CatSalut. El investigado pidió a la Audiencia Provincial que revocase las pruebas obtenidas durante el registro policial de su vivienda y de su despacho profesional. Asimismo solicitaba que se anulara el auto del juez instructor que impide la transmisión de algunos bienes tanto suyos como de su esposa como de la sociedad BBATS Consulting, de la que ambos son socios. Pero los magistrados han rechazado ambos recursos de apelación.

El auto que recurrió el abogado de Batesteza es el del 17 de junio de 2013, que acordaba la entrada y registro en el domicilio y en su despacho profesional. Los agentes pusieron de manifiesto al Juzgado de Instrucción que habían surgido una serie de incidencias de orden operativo para realizar la entrada, que aconsejaban cambiar la fecha. Así lo acordó el Juzgado, que dejó sin efecto el auto y quedó a la espera de una nueva fecha, que finalmente fue el 16 de julio, de idéntico contenido que el del 17 de junio.

El letrado puso de manifiesto en su escrito que dicho cambio afecta a los derechos fundamentales de su cliente. Por ello, solicitaba la revocación de la medida y que se declarase no haber lugar a las pruebas obtenidas en la misma. A dicha petición se opusieron los tres representantes de la CUP, que son acusación particular.

Para los magistrados, la decisión del registro por parte del juez instructor viene por el oficio presentado por los agentes, que «aporta indicios suficientes o datos objetivos de entidad suficiente para acordar dicha injerencia, pues justifica su decisión partiendo de las investigaciones llevadas a cabo».

En concreto, en dicho oficio se ponen de manifiesto indicios delictivos por parte de Josep Prat –director general de Innova– y de Luis Batesteza en la presunta comisión y cobro de contratos públicos a particulares sin aparentemente respetar lo provenido en la legislación vigente, así como de otros hechos susceptibles de ser considerados como delitos de malversación, falsedad y delito societario.

 

Venta de patrimonio

Por otra parte, el otro auto recurrido también tiene fecha de 17 de julio. En el mismo se acordaba la adopción de medidas patrimoniales destinadas a impedir la transmisión de algunos bienes de titularidad del investigado, de su esposa y de la sociedad BBATS Consulting. Concretamente se adoptaban las medidas de prohibición de disponer, vender, gravar, obligar o enajenar respecto de los referidos bienes.

El recurso de apelación cuestionaba la adopción de tales medidas respecto a la esposa y a la empresa BBATS Consulting, ya que entendía que como no figuran como imputados en la causa y no existe indicio alguno que permita que sean objeto de tales medidas, carece de amparo la prohibición acordada. A ello se opuso tanto el fiscal como el Ayuntamiento de Reus.

Los magistrados de la Audiencia, en el auto, señalan que en la causa han indicios de que Luis Batesteza, como gerente de Infraestructuras del CatSalut, intervino en la mesa de contratación del centro hospitalario Sant Joan de Reus, adjudicando la obra a la empresa UTE Euroconsult Cataluña SA Axo Gestión y Proyectos SL. Ésta, a su vez, habría contratado a BBATS Consulting para la citada obra, resultando que tanto Luis Batesteza como su esposa tiene participación como socios en la mencionada consultoría. Al mismo tiempo, Luis Batesteza estaría ya trabajando como arquitecto en la misma obra, contratado por Innova, «por lo que se han obtenido indicios de que el Sr. Batesteza habría estado percibiendo ingresos tanto de Innova como particular como de BBATS Consulting, de la que es socio». En cuando a su esposa, resulta ser que es administradora solidaria y socia profesional de BBATS Consulting. La Audiencia considera que la adjudicación del contrato es indiciariamente delictiva porque no se habría respetado el procedimiento legalmente establecido para la adjudicación, dando que no se habría convocado, con la presunta finalidad de beneficiar a Luis Batesteza y a la empresa de la que es socio, BBATS Consulting, el correspondiente proceso de licitación.

 

Los indicios

Por todo ello, para los magistrados de la máxima instancia judicial de la demarcación resulta obvio que la indiciaria instrumentalización de la empresa y de la esposa del arquitecto se muestra «patente» y que la actuación judicial discurre en un ámbito «perfectamente legítimo, en el marco de una compleja investigación que requiere de las necesarias cautelas precisamente a los fines prevenidos en la Ley».

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