La Audiencia de TGN archiva la denuncia contra el interventor de l'Ajuntament de Reus

El exgerente del Grup Salut presentó en 2016 una querella criminal contra Baldomero Rovira acusándolo de falsedad documental

04 agosto 2018 11:26 | Actualizado a 11 octubre 2018 12:15
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La Audiencia Provincial de Tarragona ha decidido archivar definitivamente el caso contra el viceinterventor del Ayuntamiento de Reus, Baldomero Rovira. El caso arranca en 2015, cuando José Augusto García Navarro, exgerente del Grup Salut (conglomerado de empresas municipales que gestionan, entre otros, el Hospital Sant Joan de Reus), presentó ante la Fiscalía una denuncia por los presuntos delitos de falsedad documental y usurpación de funciones públicas. 

Todo ello, a raíz de un informe de 2010, firmado por Baldomero Rovira, en el que se advertía a los gerentes de las empresas de la antigua Innova que habían que recortar los salarios de los trabajadores. El texto sirvió de base para la demanda que el Ayuntamiento de Reus presentó ante el Tribunal de Cuentas contra los exgerentes para reclamar el dinero no recortado. 

García Navarro consideró que Rovira firmaba el texto como interventor accidental cuando todavía no otentaba el cargo, y lo hacía con un logotipo distinto al que se utilizaba en aquel momento. De hecho, en el pleno inmediatamente posterior al informe, el del 18 de junio de 2010, constaba como interventor accidental Ricard Pintaluba, quién ejerció hasta 2011, cuando se jubiló. 

Rovira, habilitado

Sea como fuere, la Fiscalía decidió, precisamente en 2016, archivar la denuncia de García Navarro, que decidió presentar entonces una querella criminal en el juzgado de Reus. Precisamente el juzgado de instrucción número 2 de la capital del Baix Camp archivó de nuevo la causa el pasado 5 de mayo, a lo que el querellante decidió presentar recurso ante la Audiencia de Tarragona. 

Pero según ha podido saber el Diari, la Audiencia Provincial da la razón al juez de Reus, y cierra el caso. Los magistrados consideran que Rovira estaba capacitado para ejercer las labores de interventor, aunque admiten sorpresa ante «la creación de la plaza de viceinterventor para el querellado para desarrollar las funciones que ya hacía el señor Pintaluba», a lo que consideran que todos aquellos que hubieran detectado alguna irregularidad administrativa deberían haber «reaccionado en el año 2006» a la decisión municipal acordada por el Pleno del Ayuntamiento. Pero en lo que atañe a la causa por presunta falsedad documental y usurpación de funciones, «no se puede sostener indiciariamente que el informe de junio de 2010 contenga información que sea falsa, esté alterada o se exponga la intervención de personas que no intervinieron». 

Añade el auto al que ha tenido acceso esta redacción que «un dictamen del Ilustre Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Tarragona», contempla «la posibilidad de nombramiento del querellado para desarrollar las funciones del puesto principal» en determinados casos contemplados en la ley. «El nombramiento fue realizado, no impugnado y su informe se realizó porque estaba habilitado para ello». 

La primera sentencia de Innova

Precisamente, en 2016, el Tribunal de Cuentas emitió las dos primeras sentencias judiciales relacionadas con el caso Innova y condenó al exdirector general del holding municipal, Josep Prat, al gerente de Reus Transport, Josep Maria Adserà, y al exapoderado de Epel Innova, Josep Iglesias, por los incrementos salariales aplicados a las plantillas de estas empresas en 2009, 2010 y 2011. El Tribunal consideró que los aumentos retributivos vulneraron la ley de Presupuestos del Estado, que establecía congelaciones y recortes salariales para los empleados públicos.

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