La Justicia suspende la prohibición del uso del burka y el niqab en la calle

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) anula, de forma cautelar, la medida por vulnerar la libertad religiosa. El recurso está interpuesto por siete asociaciones islámicas. El Ayuntamiento ya ha anunciado que recurrirá

19 mayo 2017 23:34 | Actualizado a 22 mayo 2017 11:36
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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha suspendido, de forma cautelar, los puntos de la Ordenança de Civisme del Ayuntamiento de Reus que prohibían el uso del burka y el niqab en la calle. El TSJC detalla en la interlocutoria, a la que ha tenido acceso el Diari, que los dos polémicos artículos de la ordenanza –el 10.4 y el 44. a)14– vulnerarían la libertad religiosa. También se ampara en la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en la causa del Consistorio de Lleida. En este caso también se ha anulado cauterlamente la prohibición de utilizar cualquiera de los velos integrales.

El auto del TSJC surge a raíz del recurso interpuesto por siete asociaciones islámicas de Catalunya que, anteriormente, ya presentaron alegaciones al Ayuntamiento de Reus cuando éste aprobó la ordenanza. En aquella ocasión, recuerda el abogado Oriol Vázquez de Vázquez?& Viñuales Advocats, las entidades presentaron recurso porque el redactado vulneraba la libertad religiosa, la normativa europea, los derechos de los ciudadanos y «por considerar que el consistorio de Reus no era competente para regular el caso. Todo obedecía a una decisión política». Ante la desestimación en bloque de todas las alegaciones, las entidades presentaron el recurso contencioso administrativo. Además, solicitaron que de forma urgente se suspendiera cautelarmente, como así ha sucedido.

 

El Ayuntamiento recurrirá

Ahora el ayuntamiento tiene hasta el jueves de la semana que viene para recurrir la suspensión cautelar. Ayer mismo, el concejal de Seguretat, Joaquim Enrech, anunciaba que presentarán un recurso porque están convencidos de que tanto su redactado como su contenido son «impecables». «Lamentamos la indefensión en que nos encontramos como consecuencia de una suspensión dictada en un momento en el que todavía no se han presentado los motivos por el cual se ha solicitado la suspensión», manifestaba, sin dejar de mencionar que no tienen intención de rectificar. Unas palabras que también repetía con rotunidad el alcalde Carles Pellicer.

La aprobación de la Ordenança de Civisme se produjo el pasado mes de julio con los votos a favor del gobierno municipal, por aquel entonces la coalición CiU-PP. Desde las filas populares, su actual portavoz, Sebastià Domènech, ratificaba ayer el contenido del texto «por las convicciones hacia la dignidad de la mujer y por la seguridad de todos y porque entendemos que estos tienen que pasar por delante del derecho a la libertad religiosa». También añadió que apoyarán al gobierno en las decisiones que adopte.

 

Desconcierto de artículos

En medio del caso, la interlocutoria del TSJC genera cierto desconcierto a la hora de enumerar los artículos. Esto es así porque se refiere a ellos pero en su primera versión, la que aprobó un primer pleno prohibiendo permanecer en la vía pública con «el velo integral, burka, niqab, pasamontañas, casco integral o otros vestidos o accesorios que impidan o dificulten la identificación». Su aprobación vino acompañada por una gran polémica y con multitud de críticas.

A raíz de los acontecimientos, CiU y PP rectificaron la primera versión y suprimieron los términos burka y niqab por «vestimentas de cualquier tipo y forma o accesorios que impidan o dificulten la identificación por medios visuales». Con este redactado fue como se aprobó en otro pleno y como consta en la actualidad en la Ordenança de Civisme.

 

Sin actuaciones tras la entrada en vigor

El texto definitivo de los polémicos puntos de la Ordenança de Civisme fue aprobado en pleno municipal el pasado mes de julio. Desde entonces, según explicaban ayer desde el Ayuntamiento, no se ha producido ningún episodio relacionado con el uso del burka o el niqab en la vía pública (cabe recordar que su uso en los espacios municipales hace años que está regulado). Es importante descatar que, a pesar de su aprobación, el gobierno municipal dio instrucciones a la Guàrdia Urbana de no aplicar la ordenanza para no incurrir en un posible delito de prevaricación. Por contra, se redactaría un protocolo de actuación para estos casos que sigue sin estar listo.

El caso se inició con la presentación de la nueva ordenanza de civismo por parte del gobierno CiU-PP en febrero del año pasado. Tras darse a conocer, su contenido se aprobó en un primer pleno que generó gran malestar entre muchas entidades. Entre las voces contrarias también destacaron el responsable d’Afers Religiosos de la Generalitat de Catalunya y Amnistía Internacional. Fue entonces, además, cuando las asociaciones islámicas de Catalunya presentaron sus respectivas alegaciones.

Tampoco se puede pasar por alto el informe que redactó el secretario municipal, Jaume Renyer, advirtiendo al alcalde Carles Pellicer que prohibir el uso del burka y el niqab en la vía pública podía derivar en un presunto delito de prevaricación. Y es que según expuso, un ayuntamiento no dispone de las competencias necesarias para multar a una persona por ocultar su rostro en la vía pública por motivos religiosos.

Fue entonces cuando CiU y PP decidieron suprimir los dos términos y llevar otra vez a votación la ordenanza de civismo. Ésta fue aprobada, finalmente, con los votos en contra de toda la oposición (PSC, Ara Reus y la CUP) y con el anuncio del gobierno de estar dispuesto a aplicar la normativa cuando un organismo superior dote a los consistorios de la potestad para aplicar la medida.

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