La ordenanza de civismo de Reus no regula el uso de patinetes eléctricos

El documento no especifica, aún, por dónde tienen que circular este tipo de vehículos por la vía pública

14 julio 2019 17:31 | Actualizado a 19 julio 2019 18:42
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El uso del patinete eléctrico (y otro tipo de vehículos como las ruedas eléctricas, ciclos, plataformas, etc.) como medio de transporte en las ciudades ha sido un auténtico ‘boom’, sobre todo, durante los últimos meses, y es que ya han aparecido tiendas de venta y alquiler en muchas ciudades. La práctica de utilizar los llamados vehículos de movilidad personal se ha extendido de una forma tan amplia que las administraciones públicas han empezado a detectar la necesidad de regular su uso en el espacio público. Una normativa que defina por dónde deben circular estos medios de transporte resulta fundamental para garantizar una buena convivencia con los peatones y las bicicletas y la Dirección General de Tráfico ya la está elaborando. 

No obstante, los ayuntamientos también pueden regular el uso de los vehículos de movilidad personal, como ya se ha hecho en Tarragona. En la ciudad de Reus, el uso de los patinetes eléctricos no está regulado de forma explícita y clara. Desde el Ayuntamiento se afirma que no ha habido ningún cambio en torno a la regulación de este tipo de vehículos, por lo que hay que remitirse a la ordenanza de civismo, que no contempla el uso de los patinetes eléctricos, aunque se les pondría al mismo nivel que las bicicletas, patinetes, monopatines y «similares». 

El uso impropio del patinete eléctrico se considera una infracción leve en la ordenanza de civismo y se penaliza con 600 euros

En este sentido, la ordenanza de civismo del consistorio reusense define como uso impropio del espacio público y prohíbe la práctica de acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas, patinetes, monopatines u otros vehículos fuera de los espacios destinados a su uso explícito. Además, circular con estos vehículos por las aceras u otros espacios destinados al uso de viandantes (plazas, calles, etc.) se considera que perturba la convivencia excepto si hay espacios destinados expresamente para esta finalidad.

Sanciones

Muchos de los usuarios de los patinetes eléctricos desconocen con exactitud cuáles son los espacios por los que se les permite circular a falta de una normativa más explícita. Mientras, los peatones acusan a diario la presencia de patinetes por las aceras, plazas o calles peatonales. La convivencia puede resultar aún más difícil si también hay la presencia de bicicletas y pueden aumentar los problemas de seguridad vial.

La ordenanza de civismo de la ciudad de Reus considera como infracción leve la circulación de patinetes por espacios que se prohíben en el documento y su uso irregular se puede llegar a sancionar con hasta 600 euros. Desde el consistorio reusense no se han aportado datos sobre la imposición de multas por parte de la Guardia Urbana a aquellos usuarios que circulan por espacios que no están destinados para los patinetes. No obstante, ha trascendido que durante el último mes se ha denunciado a una decena de usuarios que han hecho un uso inapropiado del patinete eléctrico.

Qué son los VMP

Las administraciones públicas van adaptándose, progresivamente, a las nuevas fórmulas de transporte privado urbano y muchos consistorios ya empiezan a elaborar sus propias normativas. No obstante, desde la Dirección General de Tráfico también se está regulando su uso.  

La DGT quiere obligar a que los usuarios de los VMP tengan un carné y un seguro

La DGT describe que los vehículos de movilidad personal son aquellos vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden circular a una velocidad de entre 6 y 25 Km/h. La normativa prohibirá que los VMP circulen por la carretera. 

Una de las medidas que también se pretenden implantar pasa por la obligatoriedad de obtener un carné de circulación y un seguro para los daños que se puedan causar a terceras personas o al mismo usuario. 

También se penalizaran infracciones como llevar pasajero, conducir ebrio, hablar por teléfono móvil, etc.

Los vehículos de movilidad personal se clasifican en tres categorías. Las plataformas de una o dos ruedas y patinetes con motor, con una velocidad máxima de 20 km/h, un peso de 25 kg y capacidad para una personas. Están incluidos los patinetes eléctricos, los skateboards eléctricos, los monociclos eléctricos y los hoverboards.otro tipo de MVP son los segways y los patinetes eléctricos con sillín, que pueden alcanzar los 30 km/h, no pesan más de 50 kg y con capacidad para una persona. Finalmente, hay otros VMP de mayor envergadura, que pueden llegar a una velocidad de 25 km/h, pesar más de 300 kg y con capacidad de una a tres personas. La nueva ley que plantea la DGT pretende reordenar esta clasificación.

Durante el año 2018 los vehículos de movilidad personal estuvieron implicados en 300 accidentes con víctimas, cinco de los cuales fueron mortales.
 

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