La revisión de casos de incapacidad sobrecarga los juzgados de Reus

La Audiencia pide refuerzos en previsión de alcanzar los 1.600, también por el Pere Mata.Una nueva ley da autonomía a las personas con discapacidad y lleva a actualizar expedientes

23 enero 2022 19:20 | Actualizado a 24 enero 2022 12:20
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Los juzgados de Reus han solicitado un refuerzo para afrontar el elevado volumen de revisiones de casos que se producirá, previsiblemente, a raíz de la puesta en marcha de la nueva ley de apoyo a las personas con discapacidad en este ámbito. Hasta el momento, se han detectado ya 898 procedimientos a los que habrá que echar otro vistazo, pero se estima que la cifra pueda acabar elevándose y alcance al menos los 1.600. La ley, la 8/2021 de 2 de junio, que entró en vigor el pasado mes de septiembre, aporta autonomía a los discapacitados y, entre algunos otros progresos, borra del mapa la incapacitación judicial y la reorienta en el sentido opuesto: proporciona recursos de apoyo a las personas para que puedan ejercer sus derechos en los juzgados en lugar de apartarlas.

A partir de los datos entregados por la Junta de Jueces de Reus sobre la repercusión que la aplicación de la ley tendrá para la carga de trabajo de este partido, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha lanzado un aviso extensivo a todos los partidos catalanes para que, antes del próximo 31 de enero, informen sobre su situación concreta y especifiquen si necesitarán o no más herramientas para salir adelante.

En Reus, la cantidad de procedimientos de incapacidad que se podrían someter de nuevo a análisis resulta considerable y probablemente vaya a evolucionar al alza, igualmente, teniendo en consideración los casos que de forma natural se desprenden de la actividad ordinaria de instituciones como pueden ser el Institut Pere Mata.

En la reunión de la Sala de Govern del TSJC del 14 de diciembre, el presidente de la Audiencia Provincial de Tarragona, Joan Perarnau, expuso que «la Junta de Jueces de Reus, que tuvo lugar el 18 de noviembre, comunicó la existencia de 898 procedimientos de incapacidad contabilizados, de momento, y revisables conforme a la Ley 8/2021, procedimientos que se calcula que puedan ser 1.600» y que, por eso, solicita «un juez de refuerzo transversal para los juzgados de primera instancia y los juzgados de instrucción para la revisión de estos procedimientos en el partido de Reus».

Con recursos propios

Además, en la misma reunión, Prerarnau precisó que «la Sala de Govern es consciente de la situación generada por esta ley, por la cual se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, situación que afecta a la totalidad de los partidos judiciales sin prejuicio de poder tener una mayor incidencia en algunos como pueda ser el caso de Reus por la existencia del Institut Pere Mata». En consecuencia, se pide «a los decanos de todos los partidos judiciales que informen, como máximo hasta el 31 de enero de 2022, de la cantidad aproximada de procedimientos susceptibles de revisión para poder adoptar así, si es que hace falta, las medidas adecuadas una vez que se conozca la incidencia real y global de esta norma». Y a la vez, el TSJC pregunta a los decanos «sobre la posibilidad de emprender estas revisiones empleando recursos propios».

La nueva ley se alinea con la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad celebrada en 2006, que «proclama que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida, y obliga a los Estados Partes a adoptar las medidas para otorgar a estas personas el apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de esta capacidad».

Se impone así «el cambio de un sistema como el hasta ahora vigente en nuestro ordenamiento jurídico, en el que predomina la sustitución en la toma de las decisiones que afectan a las personas con discapacidad, por otro basado en el respeto a la voluntad y a las preferencias de la persona quien, como regla general, será la encargada de tomar sus propias decisiones», como recoge la misma ley, que especifica que «el elemento sobre el que pivota la nueva regulación no será ni la incapacitación de quien no se considera suficientemente capaz, ni la modificación de una capacidad que resulta inherente a la condición de persona humana» sino «el acompañamiento amistoso y la ayuda técnica».

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